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Sobre Art. 9 de la Ley de Notariado.
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25 Jun 2024 15:46 #1
por Svalenc
Hola a todos, tengo una consulta:
Se puede como notario realizar un poder ante sí mismo, para representar a una persona particular? O se tomaría como un interes directo y entraría dentro de las prohibiciones que describe el articulo 9 de la ley de notariado?
Espero me puedan ayudar, muchas gracias.
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13 Jul 2024 16:38 #2
por joe
Por su puesto que no! ese justamente es el motivo...el conflicto de interes
Joe
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17 Jul 2024 12:26 #4
por bambi
PUEDE BUSCAR UN COLEGA O UNA PERSONA DE SU CONFIANZA Y HACER USTED EL PODER A NOMBRE DE ESA PERSONA Y LUEGO QUE SE LO SUSTITUYA A SU PERSONA PARA QUE USTED ACTUE EN EL CASO.
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26 Jul 2024 17:17 #5
por martha92
Definitivamente no se puede, lo puede hacer a favor de otro notario y él que se lo sustituya
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29 Jul 2024 09:44 #6
por 123456
pienso que este tema esta bien explicado, no se puede hacer uno mismo como notario pero lo puede hacer a nombre de otra abogado y este que lo sustituya
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Ribka
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29 Jul 2024 16:08 #7
por Ribka
Colega haga el poder a favor de otro abogado de su confianza y luego una acta de sustitución es la herramienta que todos usamos, y que la ley permite además, suerte
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28 Ago 2024 13:20 #8
por Svalenc
Gracias por su respuesta. ¿sería una clausula de sustitución? tendrá algún modelo que me pueda proporcionar?
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29 Ago 2024 00:47 #9
por JAMPMATA
No es posible hay que hacer sustitución
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