Procedimiento abreviado.

18 Ene 2017 09:49 - 18 Ene 2017 09:55 #1 por napo3210
Procedimiento abreviado. Publicado por napo3210
Una consulta colegas.
Estoy llevando un caso que la fiscalia ha tipificado como Uso Ilícito de Vehículo Automotor, el cual está tipificado en el Art. 214 I del código penal, dicho delito es penado con prisión de cinco a diez años según el inciso segundo del referido Art.
Ahora bien, dicho tipo penal exige que el vehículo en cuestión esté siendo utilizado para la realización de otro ilícito; mi cliente pago por dicho automotor, el problema recae en que no realizó compraventa, nada más verificó que no tuviera reporte de robo ya que quien se lo vendía no era el dueño sino que una persona a la cual supuestamente se le había comisionado para la venta del mismo; debido a los hechos consideré en un primer momento que se trataba del tipo penal del Art. 214 H "Recepción de vehículos automotores o sus piezas provenientes del hurto o robo", pero dicho tipo penal exige que se tenga conocimiento de que imputado haya tenido conocimiento de que el automotor proviniese de dichas actividades ilícitas; ahora bien, después del estudio de tipicidad correspondiente al presente caso nos encontramos ante una receptación simple, lo cual es aun debatible en juicio y tiene un pena de 3 a 6 años.
Después de explicado haberles explicado a groso modo el presente caso para ponerlos en contexto, mi consulta con relación al procedimiento abreviado es:
1) Cuales son los pasos para solicitar el procedimiento abreviado a la Fiscalía
2) Si al plantearle a la Fiscalía un procedimiento abreviado ellos aceptarían el cambio de calificación jurídica al momento de plantear ante el juez dicha propuesta para que de esa manera se le imponga una pena de entre 1 a 3 años, la cual es excarcelabre.

De antemano les agradezco por sus aportaciones.

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16 Jun 2018 10:57 #2 por cisilia
Respuesta de cisilia sobre el tema Procedimiento abreviado.
Hola buen dias colegas... tengo una duda en este tema, un caso de Receptación en vehiculo automotor de acuerdo al art. 214-H se podría conciliar? O que salida seria la mas favorable y acertada, ya que en audiencia inicial la juez habia sustituido la detencion por medidas, pero en el momento revocó porque Fiscalía pidió 3 meses de instrucción.....

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