NUEVA LEGISLACION

05 Nov 2010 16:07 #1 por kreyes
NUEVA LEGISLACION Publicado por kreyes
Las diligencias de aceptacion de herencia que se tramitaran bajo el Código Procesal Civil y Mercantil es proceso declarativo comun o abreviado??? :dry:

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05 Nov 2010 16:49 #2 por advocatuslego
Respuesta de advocatuslego sobre el tema Re: NUEVA LEGISLACION
De conformidad con el Art. 17 inciso 2° CPCM las diligencias judiciales no contenciosas se tramitarán de acuerdo con la respectiva ley de la materia, pero como en el caso de las diligencias de Aceptación de Herencia no existe procedimiento señalado en el CPCM, pero si estan señaladas en el Art. 1162 C. y siguientes se deben aplicar las disposiciones del Proceso Abreviado del Art. 418 y siguientes CPCM en lo que fuere aplicable.

Advocatuslego

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07 Nov 2010 05:15 #3 por markantony
Respuesta de markantony sobre el tema Re: NUEVA LEGISLACION
ME SUMO AL COMENTARIO ANTERIOR, Las diligencias de Aceptacion de herencia, no contenciosas, se realizan segun la Ley del Ejercicion Notarial de la Jurisdiccion Voluntaria y otras diligencias, y solo si hay oposicion, estas se convieten en diligencias judiciales las que de conformidad con el Art. 17 inciso 2° CPCM,y al no tener procedimiento señalado en el CPCM, se sigue lo que señala el Art. 1162 C. y siguientes, y por ser declarativo se debera aplicar segun la cuantia las disposiciones del Proceso Comun o el Abreviado del Art. 418 y siguientes CPCM.
Suerte.

"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".

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