donacion irrevocable

28 Jun 2022 13:41 #1 por principiante
donacion irrevocable Publicado por principiante
buenas tardes foristas, deseándoles muchos éxitos en sus labores diarias, les solicito me puedan ayudar con un modelo de DONACION IRREVOCABLE POR MEDIO DE APODERADO es decir el donante dejo poder especial para poder hacer la donación.
mi mayor duda es en la parte de los testigos cuando se relaciona que conocen y han tenido a la vista al Donante, quien se encuentra en plena capacidad física y mental según su saber y entender y han oído su voluntad, decisión libre y espontánea de donar de forma pura y simple, gratuita e irrevocable el inmueble antes descrito.........

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29 Jun 2022 10:50 #2 por Johana-mons
Respuesta de Johana-mons sobre el tema donacion irrevocable
colega le comprarto un modelo que yo he trabajado sin ningun problema, se que no es exacto a su caso pero le puede servir de orientacion porque es similar, espero le sea de utilidad, feliz dia.
NUMERO----.- LIBRO
.- DONACION DE INMUEBLE.- En la ciudad de Jocoro, departamento de Morazán, a las once horas del día siete de mayo de dos mil veintidós.- Ante mí,
, Notario, del domicilio de la ciudad de San Miguel, departamento de San Miguel, comparece el señor ----, de sesenta y tres años de edad, Comerciante, del domicilio del Municipio de Jocoro, departamento de Morazán, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: Cero dos cinco nueve dos cinco ocho siete guion siete, y con Número de Identificación Tributaria: Uno cuatro cero ocho guion cero ocho uno dos cinco ocho guion uno cero uno guion uno y ME DICE: I) Que es dueño y actual poseedor de un derecho proindiviso equivalente al treinta y tres punto treinta y cuatro por cierto, de un inmueble de naturaleza rustica, situado en el Cantón San Juan, de la jurisdicción del Municipio de Jocoro, departamento de Morazán, de la capacidad superficial de UN MIL CIENTO SESENTA Y CINCO PUNTO DIECISIETE METROS CUADRADOS, inscrito en el sistema de Folio Real Automatizado bajo la matrícula número NUEVE CERO CERO SIETE TRES DOS DOS DOS GUION CERO CERO CERO CERO CERO, asiento UNO, de las medidas y linderos de la descripción técnica siguiente: vértice sur Oriente que es el punto de partida de esta descripción técnica, LINDERO NORTE, partiendo del vértice Norponiente está formado por tres tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno norte sesenta grados cincuenta y tres minutos cuarenta segundos Este con una distancia de diez puntos diecinueve metros; Tramo dos, Norte cincuenta y nueve grados cuarenta y siete minutos, cuarenta y un segundos, Este con una distancia de catorce punto sesenta y cuatro metros; Tramo tres, Norte sesenta y cuatro grados y trece minutos veintisiete segundos. Este con una distancia de cinco punto sesenta y dos metros colindando con Manuel de Jesús Hernández con cerco de alambres de puas y calle de por medio, LINDERO ORIENTE, partiendo del vértice nororiente está formado con cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, Sur veintiséis grados treinta y dos minutos cuarenta y siete segundos. Este con una distancia de quince punto dieciocho metros; tramo dos, Sur veintinueve grados cincuenta y siete minutos veintiocho segundos. Este con una distancia de siete puntos cuarenta y siete metros; tramo tres, Sur veintidós grados veintiún minutos cero cinco segundos. Este con una distancia de trece punto cuarenta y dos metros; tramo cuatro, Sur veinticinco grados cero siete minutos cuarenta y dos segundos. Este con una distancia de ocho punto cero tres metros; colindando con Carmen Mata con cerco de alambre de puas de por medio. LINDERO SUR, partiendo del vértice Suroriente está formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias, tramo uno Sur setenta y tres grados diez minutos treinta y un segundo, Oeste con una distancia de catorce punto cero siete metros; tramo dos Sur setenta y siete grados dieciocho minutos cuarenta segundos, Oeste con una distancia de ocho punto veinticuatro metros; tramo tres Sur ochenta y tres grados cuarenta y siete minutos veinticinco segundos Oeste con una distancia de seis punto cuarenta metros; tramo cuatro, Sur ochenta y cinco grados cero cuatro minutos cero tres segundos Oeste con una distancia de siete punto sesenta y dos metros; colindando con resto del inmueble, con cerco de alambre de puas de por medio. LINDERO PONIENTE, partiendo del vértice Sur poniente esta formado por cuatro tramos con los siguientes rumbos y distancias: tramo uno, Norte quince grados trece minutos cincuenta segundos. Este con una distancia de nueve punto sesenta y cinco metros; tramo dos, Norte dieciséis grados cero cero minutos cincuenta segundos. Este con una distancia de seis punto ochenta y nueve metros; tramo tres, Norte treinta grados cero seis minutos cero cuatro segundos, Oeste con una distancia de dos punto ochenta y siete metros; tramo cuatro, Norte cuarenta y tres grados, cuarenta y dos minutos veinticuatro segundos, Oeste con una distancia de diecinueve punto cero ocho metros; colindando con Julio Perla Rodríguez con cerco de alambre de puas de por medio. Así se llega al vértice Norponiente que es el punto de inicio de esta descripción técnica. II) El inmueble antes descrito se segrega por el rumbo Norponiente, de un inmueble mayor, de igual naturaleza y situación, ubicada en la parcela número CUATROCIENTOS VEINTISEIS PLECA NUEVE, anteriormente de la capacidad superficial de NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS, hoy reducido a CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS OCHENTA Y NUEVE DECIMETROS CINCO CENTIMETROS CUADRADOS, el cual después de la presente segregación queda reducido a CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIDOS METROS SETENTA Y DOS DECIMETROS CINCO CENTIMETROS CUADRADOS.III) Que libre de todo gravamen DONA de manera pura, simple, e irrevocable y para siempre el derecho proindiviso equivalente al treinta y tres punto treinta y cuatro por cierto, que le corresponde sobre el inmueble antes descrito al señor
. Presente desde el inicio de este instrumento la licenciada
, de veintinueve años de edad, del domicilio del Municipio de Jocoro, departamento de Morazán, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad Número: Cero cuatro siete cinco tres tres uno seis guion siete y con Número de Identificación Tributaria: Uno tres uno dos guion dos dos cero uno nueve tres guion uno cero uno guion ocho, quien actúa en nombre y representación en su calidad de Apoderada Especial del señor
, de treinta y seis años de edad, Estudiante, del domicilio de la ciudad de Silver Spring, Estado de Maryland, de los Estados Unidos de América, con Documento Único de Identidad Número: Cero tres cuatro dos cero cinco uno uno guion uno; y con Tarjeta de Identificación Tributaria Numero: Cero tres cuatro dos cero cinco uno uno guion uno. Personería que doy fe de ser legitima y suficiente por haber tenido a la vista el documento que al final relacionaré; y ME DICE: Que en nombre de su representado acepta la donación del derecho proindiviso equivalente al treinta y tres punto treinta y cuatro por ciento del inmueble descrito, dándose por recibido materialmente del mismo, así como la tradición del dominio posesión, y demás derechos reales que por el presente instrumento le han sido transferidos. Yo, la suscrita Notario: DOY FE: PRIMERO: Que la personería con la que actúa la Licenciada
es legítima y suficiente, de la cual doy fe, por haber tenido a la vista el Testimonio de Escritura Pública de Poder Especial, otorgado en la ciudad de Montgomery Villaje, Estado de Maryland, de los Estados Unidos de América, a las quince horas con treinta minutos del día treinta y uno de marzo del dos mil veintidós, ante los oficios notariales de la Licenciada Evelyn Elizabeth Galdámez Flores, en el que faculta a su apoderada a celebrar actos como el presente, poder que no agregaré al legajo de anexos de mi protocolo por contener otras facultades que cumplir. SEGUNDO: Los comparecientes me declaran: Que entre el donante y donatario existe parentesco en primer grado de consanguinidad por ser padre e hijo, respectivamente. TERCERO: Que explique a los comparecientes los efectos legales de este instrumento, habiéndome cerciorado de que los conocen. CUARTO: Que antes del otorgamiento de esta escritura, les advertí claramente a los comparecientes que lo estipulado en el Artículo TREINTA Y NUEVE de La Ley del Notariado y DOSCIENTOS VEINTE del Código Tributario, así como también lo establecido en los artículos SIETE y OCHO de la Ley del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Raíces. QUINTO: Que han concurrido como testigos instrumentales las señoras DIANA IVONNE CARNEDAS ORTIZ, de treinta y cuatro años de edad, Empleada, y XENIA MARITZA CASTILLO ESCOBAR, de veintiocho años de edad, Empleada, ambas del domicilio de San Miguel, personas que conozco he identifico por medio de sus Documentos Únicos de Identidad Números en su orden cero tres siete nueve cero cuatro cero tres guion uno y cero cinco uno cero cuatro uno nueve cero guion dos. SEXTO. Que el derecho proindiviso consiste en treinta y tres punto treinta y cuatro por ciento del inmueble descrito se valúa en la suma de MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. SEPTIMO: Que este contrato está exento del pago de impuesto de transferencia de Bienes Raíces en razón de su monto. Previne al Donante que antes de otorgarse esta escritura que para su inscripción es necesario acompañar constancia de solvencia de Impuestos Municipales. Así se expresaron los comparecientes y los testigos concurrentes a quienes explique los efectos legales de este instrumento; y leído que les hube todo lo escrito en un sólo acto sin interrupción, ratifican su contenido y firmamos. DOY FE.-

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29 Jun 2022 17:52 #3 por principiante
Respuesta de principiante sobre el tema donacion irrevocable
gracias colega muy útil su aporte

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23 Abr 2024 12:38 #4 por M@rc-Ventura
Respuesta de M@rc-Ventura sobre el tema donacion irrevocable

principiante escribió: gracias colega muy útil su aporte


fue posible la donación por apoderado?

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23 May 2024 12:35 #5 por Pasante
Respuesta de Pasante sobre el tema donacion irrevocable
La Donación por Apoderado si procede.

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