porcentaje en remedicion de inmueble.

03 Ene 2022 10:07 #1 por Leyesita
porcentaje en remedicion de inmueble. Publicado por Leyesita
Buen dia colegas.
Solicitando su ayuda en este caso: mi cliente y sus cuatro hermanos aceptaron herencia, pero en el testamento se estableció el porcentaje para cada uno,
quedando asi: 20% Para 3 de ellos, 25% para el otro y 15% para la otra, al momento de medir resulta que 2 de los señores a los que les corresponde el 20% en metros no resulta la cantidad exacta sino menos, ellos estan conformes pero mi duda es si en CNR o Catastro observarian esa mesura ??????
gracias por sus aportes!

Leyesita Salvadoreña.
notarialelsalvador.blogspot.com

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03 Ene 2022 16:01 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
panga el porcentaje que les corresponde en el traspaso por herencia testamentaria

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05 Ene 2022 15:17 #3 por Leyesita
Respuesta de Leyesita sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
Como?
mi pregunta es si es obligatorio que el porcentaje (20%) corresponda a la cantidad medida en metros cuadrados?
o solo señalo que el 20% equivale a tantos metros cuadrados?
espero no estarme complicando demasiado. Si son 100 metros cuadrados que mide el inmueble y se les dejo el 20% a cada uno de ellos no deberia establecerse que 20.00 metros cuadrados es lo que le corresponde a cada uno de ellos?????
ese es el problema, que a algunos les mide su porcion del inmueble mucho menos y a otros mas de lo que les corresponderia.

Leyesita Salvadoreña.
notarialelsalvador.blogspot.com

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05 Ene 2022 15:44 #4 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
En la ciudad de Ahuachapán a las once horas cinco minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve.- Ante mí, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, Notario, de este domicilio, comparecen los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, de cuarenta y un años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos veintinueve- seis, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento cuarenta mil ochocientos setenta y siete- ciento nueve- cuatro; FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, de treinta y seis años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos treinta y seis- dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos cuarenta mil cuatrocientos ochenta y tres- ciento dos- dos; PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, de sesenta y un años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil doscientos diecisiete- cuatro, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y ocho- ciento uno- cuatro; MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, de cuarenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil seiscientos ochenta y uno- nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos treinta y un mil setenta y tres- ciento uno- seis; ROSA BELLA SILVA JUÁREZ, de treinta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos noventa y siete- dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento ochenta mil setecientos setenta y nueve- ciento siete- cuatro; y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, de setenta y ocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos setenta y uno- cero, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- cero ochenta mil ciento cuarenta y uno- ciento uno- cero.-Y ME DICEN: Que son dueños y actuales poseedores en forma proindivisa equivalentes a la primera y al segundo de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y seis por ciento a cada uno, y al tercero, al cuarto, a la quinta y a la sexta de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y siete por ciento a cada uno, que les corresponde sobre una porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza, la cual consta de CIENTO CUARENTA ÁREAS de extensión superficial equivalentes a DOS MANZANAS o sean CATORCE MIL METROS CUADRADOS, y como cuerpo cierto linda: AL PONIENTE: Con los predios llamados El Rincón de La Plata, que fueron del señor Antonio Padilla y la sucesión de Dámaso Padilla, ahora lo de éste de la sucesión del doctor Alfonso Borja Nathan, cerco propio y barranca en medio; AL ORIENTE: Con resto del inmueble de donde se desmembró esta porción del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, calle propia del inmueble general de tres metros de ancho de por medio; AL SUR: Cerco propio de piña y alambre, con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, hoy parcela de Finata; y AL NORTE: Con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, hoy porción vendida a Miguel Antonio Peraza, cerco propio de por medio.-Se hace constar que hay constituida una servidumbre de tránsito de tres metros de ancho de Norte a Sur o sea que ésta atraviesa el inmueble general y sirve de calle de acceso al resto que se reservó el señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, así como a la porción de terreno antes descrita la que empalmará con el camino vecinal que menciona y que existe al rumbo Sur según el antecedente.-Inscrito a favor de los comparecientes bajo la Matrícula número QUINCE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CINCO, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.-Aclaran los comparecientes que por tener tal inmueble un área de mayor extensión, desean establecer legalmente LA CABIDA REAL de dicho inmueble, por lo que por medio de la presente, solicitan a la suscrita Notario, haga una completa y detallada revisión de las medidas antes dichas, nombrando como perito, a un Ingeniero Topógrafo, Ingeniero Civil, o a un Técnico en Topografía, para que de conformidad con los conceptos en el Artículo Quince de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y otras Diligencias, y lo prescrito sobre el particular en la Ley de Ingenieros Topógrafos, proceda en compañía de perito nombrado a identificar el inmueble que se trata de remedir, y con la correspondiente citación de colindantes, y con el respectivo señalamiento del lugar, día y hora, proceda a la práctica de la mensura del relacionado predio, mediante las operaciones técnicas correspondientes, y así mismo levantando el plano respectivo; y con base al informe rendido por el perito, se pronuncie resolución declarando CUAL ES LA CABIDA REAL del referido predio.- Así se expresaron los compa¬re¬cien¬te¬s, a quie¬nes expli¬que los efectos lega¬les de la presente acta notarial, que consta de dos hojas útiles y leída que les fue por mí la misma,¬ ínte¬gra¬mente¬ en un solo acto sin interrupción, en¬contrándola escri¬ta y redac¬tada a sus volun¬tades, ra¬ti¬fi¬can su conte¬nido y firmamos, a excepción de la quinta de los otorgantes quien manifiesta no saberlo hacer, pero a ruego lo hace la señora Caitlin Rebecca Morales de Aguilar, de treinta y dos años de edad, Secretaria, de este domicilio, persona a quien conozco é identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero cuatro millones cincuenta mil trescientos setenta y seis- tres, y deja aquella la impresión digital del pulgar de la mano derecha para constancia.-DOY FE.-
El siguiente usuario dijo gracias: Leyesita

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05 Ene 2022 15:45 #5 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
como una orientacion lo anterior
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05 Ene 2022 15:50 #6 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
NÚMERO NOVENTA Y UNO.- LIBRO OCHO.- PROTOCOLIZACIÓN DE REMEDICIÓN DE UN TERRENO RÚSTICO.- En la ciudad de Ahuachapán a las once horas veinte minutos del día siete de octubre del año dos mil diecinueve.- Ante mí y por mí, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, Notario, de este domicilio.- OTORGO: Que en base al Artículo Cuatro inciso último de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de otras Diligencias, procedo a protocolizar las diligencias de remedición de una porción de terreno de naturaleza rústica, ubicada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, municipio de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, propiedad de los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, de cuarenta y dos años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos veintinueve- seis, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento cuarenta mil ochocientos setenta y siete- ciento nueve- cuatro; FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, de treinta y seis años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos treinta y seis- dos, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos cuarenta mil cuatrocientos ochenta y tres- ciento dos- dos; PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, de sesenta y un años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil doscientos diecisiete- cuatro, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y ocho- ciento uno- cuatro; MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, de cuarenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil seiscientos ochenta y uno- nueve, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos treinta y un mil setenta y tres- ciento uno- seis; ROSA BELLA SILVA JUÁREZ, de cuarenta años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos noventa y siete- dos, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento ochenta mil setecientos setenta y nueve- ciento siete- cuatro; y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, de setenta y ocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, con Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos setenta y uno- cero, y con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- cero ochenta mil ciento cuarenta y uno- ciento uno- cero, en forma proindivisa equivalentes a la primera y al segundo de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y seis por ciento a cada uno, y al tercero, al cuarto, a la quinta y a la sexta de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y siete por ciento a cada uno; diligencias que literalmente, DICEN: " En la ciudad de Ahuachapán a las once horas cinco minutos del día veintisiete de mayo del año dos mil diecinueve.- Ante mí, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, Notario, de este domicilio, comparecen los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, de cuarenta y un años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero dos millones doscientos noventa y cuatro mil novecientos veintinueve- seis, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento cuarenta mil ochocientos setenta y siete- ciento nueve- cuatro; FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, de treinta y seis años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos treinta y seis- dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos cuarenta mil cuatrocientos ochenta y tres- ciento dos- dos; PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, de sesenta y un años de edad, Jornalero, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil doscientos diecisiete- cuatro, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos noventa mil cuatrocientos cincuenta y ocho- ciento uno- cuatro; MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, de cuarenta y cinco años de edad, Agricultor en Pequeño, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero lo identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos veintiséis mil seiscientos ochenta y uno- nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- doscientos treinta y un mil setenta y tres- ciento uno- seis; ROSA BELLA SILVA JUÁREZ, de treinta y nueve años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón La Danta, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos noventa y siete- dos, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- ciento ochenta mil setecientos setenta y nueve- ciento siete- cuatro; y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, de setenta y ocho años de edad, de Oficios Domésticos, del domicilio del Cantón Río Frío, de esta jurisdicción, persona a quien no conozco pero la identifico por medio de su Documen¬to Único de Iden¬tidad número Cero tres millones quinientos treinta mil quinientos setenta y uno- cero, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento tres- cero ochenta mil ciento cuarenta y uno- ciento uno- cero.- Y ME DICEN: Que son dueños y actuales poseedores en forma proindivisa equivalentes a la primera y al segundo de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y seis por ciento a cada uno, y al tercero, al cuarto, a la quinta y a la sexta de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y siete por ciento a cada uno, que les corresponde sobre una porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza, la cual consta de CIENTO CUARENTA ÁREAS de extensión superficial equivalentes a DOS MANZANAS o sean CATORCE MIL METROS CUADRADOS, y como cuerpo cierto linda: AL PONIENTE: Con los predios llamados El Rincón de La Plata, que fueron del señor Antonio Padilla y la sucesión de Dámaso Padilla, ahora lo de éste de la sucesión del doctor Alfonso Borja Nathan, cerco propio y barranca en medio; AL ORIENTE: Con resto del inmueble de donde se desmembró esta porción del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, calle propia del inmueble general de tres metros de ancho de por medio; AL SUR: Cerco propio de piña y alambre, con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, hoy parcela de Finata; y AL NORTE: Con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, hoy porción vendida a Miguel Antonio Peraza, cerco propio de por medio.-Se hace constar que hay constituida una servidumbre de tránsito de tres metros de ancho de Norte a Sur o sea que ésta atraviesa el inmueble general y sirve de calle de acceso al resto que se reservó el señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, así como a la porción de terreno antes descrita la que empalmará con el camino vecinal que menciona y que existe al rumbo Sur según el antecedente.-Inscrito a favor de los comparecientes bajo la Matrícula número QUINCE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CINCO, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.-Aclaran los comparecientes que por tener tal inmueble un área de mayor extensión, desean establecer legalmente LA CABIDA REAL de dicho inmueble, por lo que por medio de la presente, solicitan a la suscrita Notario, haga una completa y detallada revisión de las medidas antes dichas, nombrando como perito, a un Ingeniero Topógrafo, Ingeniero Civil, o a un Técnico en Topografía, para que de conformidad con los conceptos en el Artículo Quince de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y otras Diligencias, y lo prescrito sobre el particular en la Ley de Ingenieros Topógrafos, proceda en compañía de perito nombrado a identificar el inmueble que se trata de remedir, y con la correspondiente citación de colindantes, y con el respectivo señalamiento del lugar, día y hora, proceda a la práctica de la mensura del relacionado predio, mediante las operaciones técnicas correspondientes, y así mismo levantando el plano respectivo; y con base al informe rendido por el perito, se pronuncie resolución declarando CUAL ES LA CABIDA REAL del referido predio.- Así se expresaron los compa¬re¬cien¬te¬s, a quie¬nes expli¬que los efectos lega¬les de la presente acta notarial, que consta de dos hojas útiles y leída que les fue por mí la misma,¬ ínte¬gra¬mente¬ en un solo acto sin interrupción, en¬contrándola escri¬ta y redac¬tada a sus volun-tades, ra¬ti¬fi¬can su conte¬nido y firmamos, a excepción de la quinta de los otorgantes quien manifiesta no saberlo hacer, pero a ruego lo hace la señora Caitlin Rebecca Morales de Aguilar, de treinta y dos años de edad, Secretaria, de este domicilio, persona a quien conozco é identifico por medio de su Documento Único de Identidad número Cero cuatro millones cincuenta mil trescientos setenta y seis- tres, y deja aquella la impresión digital del pulgar de la mano derecha para constancia.- DOY FE.- HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE A LA SEÑORA ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ; HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE AL SEÑOR FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ; HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE AL SEÑOR PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ; HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE AL SEÑOR MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ; HAY UNA HUELLA QUE PERTENECE A LA SEÑORA ROSA BELLA SILVA JUÁREZ; HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE A LA SEÑORA CAITLIN REBECCA MORALES DE AGUILAR, QUIEN FIRMÓ A RUEGO DE LA SEÑORA ROSA BELLA SILVA JUÁREZ; y HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE A LA SEÑORA ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En las oficinas de la Suscrita Notario BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, a las ocho horas del día treinta de mayo del año dos mil diecinueve.- Vista la solicitud anterior, admítase la misma, procédase a la identificación y mensura de la porción de terreno que se refiere la anterior solicitud, nombrase perito al Ingeniero Civil WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, a quien se le hará saber este nombramiento para los fines legales consiguientes.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADA.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En la ciudad de Ahuachapán, a las once horas del día cinco de junio del año dos mil diecinueve.- Presente en este acto el Ingeniero Civil WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, de treinta y ocho años de edad, Ingeniero Civil, del domi¬cilio de San Salvador y de esta ciudad, persona a quien conozco é identifico por medio de su Docu¬mento Único de Identi¬dad número Cero tres millones cuatrocientos sesenta y seis mil doscientos dieciséis- nueve, con Número de Identificación Tributaria Cero ciento uno- cero setenta y un mil ciento ochenta- ciento dos- uno, con Registro Número IC- Cinco mil ciento cincuenta y tres.- Y ME DICE: Que acepta el cargo de perito que se le ha nombrado en estas diligencias; JURA Y PROTESTA SU FIEL DESEMPEÑO y no teniendo para ello, ninguna incapacidad legal y leída que le fue la presente acta que consta de una hoja útil, la ratifica y firmamos para constancia.- UNA FIRMA QUE CORRESPONDE AL INGENIERO WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: REGISTRO NACIONAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, IC- CINCO UNO CINCO TRES, INGENIERO CIVIL.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En el Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, a las quince horas quince minutos del día cuatro de julio del año dos mil diecinueve.- Constituida la Suscrita Notario, acompañada del Ingeniero Civil WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, de generales conocidas, identificamos una porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza, teniendo a la vista el antecedente relacionado a folio uno y dos de las presentes diligencias de los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, resultando lo que sigue: Que esta porción de terreno que recorrimos linda actualmente: AL PONIENTE: Con los señores Santos Odilio Salinas Silva y Carlos Alfredo Salinas Rivas; AL ORIENTE: Con los señores Máximo Salinas Rivas, Andrés Salinas Rivas, Carlos Alfredo Salinas Rivas y con la sucesión del señor Israel Salinas Rivas representada por la señora Alba Luz Zepeda de Salinas, calle nacional de seis metros de ancho de por medio, por lo que se deberá citar al doctor Raúl Melara Morán quien es el Fiscal General de la República de El Salvador; AL SUR: Con los señores Leticia Irene Valdivieso de Contreras, Eusebio Juárez Morán, Ana Adilia Cáceres de Asencio y Agustín Asencio Campos; y AL NORTE: Con la señora Silvia Patricia Valdivieso Cáceres.- Por lo que deberán ser citados, todas estas personas para que si ellos quisieran, concurran al acto de la remedición pedida.- No habiendo más se da por terminada esta acta que firmamos.- HAY UNA FIRMA QUE CORRESPONDE AL INGENIERO WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: REGISTRO NACIONAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, IC- CINCO UNO CINCO TRES, INGENIERO CIVIL.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En las Oficinas de la Suscrita Notario, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.- Ahuachapán, a las ocho horas del día diecisiete de septiembre del año dos mil diecinueve.- Señalase, a las once horas treinta minutos del día treinta de septiembre del presente año, para dar principio a la identificación y mensura, a remedirse la porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza.- Cítense a los colindantes actuales por medio de esquela, para que concurran a tal diligencia si lo quisieren.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En la ciudad de Ahuachapán, a las catorce horas del día dieciocho de septiembre del año dos mil diecinueve.- Cité a los señores: Santos Odilio Salinas Silva, Carlos Alfredo Salinas Rivas, Máximo Salinas Rivas, Andrés Salinas Rivas, Alba Luz Zepeda de Salinas, quien representa la sucesión del señor Israel Salinas Rivas, Leticia Irene Valdivieso de Contreras, Eusebio Juárez Morán, Ana Adilia Cáceres e Asencio, Agustín Asencio Campos, Silvia Patricia Valdivieso Cáceres, y al doctor Raúl Melara Morán quien es el Fiscal General de la República de El Salvador; todos los colindantes actuales de la porción de terreno a remedirse, quienes recibieron una esquela en donde se les señala, lugar, día y hora para dar comienzo a la remedición del expresado predio de los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.- NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En el inmueble de naturaleza rústica, situado en el Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, identificamos una porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en el lugar Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, de esta jurisdicción, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza, a las once horas treinta minutos del día treinta de septiembre del año dos mil diecinueve.- Constituidos en el inmueble de naturaleza rústica, propiedad de los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, con el objeto de practicar la remedición de dicho inmueble, siendo este el día y la hora señalados.- La Suscrita Notario, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, en compañía del Ingeniero Civil WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, y también están presentes los señores: ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ y PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, ambos de generales ya conocidas en las presentes diligencias; anteriormente ya se había identificado el inmueble, como también sus respectivos colindantes, se dio inicio a la remedición ordenada sin la asistencia de ninguno de los colindantes, no obstante estar citados legalmente, incluyendo al Fiscal General de la República de El Salvador Doctor Raúl Melara Morán también citado legalmente.- El Ingeniero Civil nombrado dará su informe por separado.- No habiendo más que hacer constar y leída que hube la presente acta que consta de una hoja útil, firmamos.-DOY FE.- HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE A LA SEÑORA ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ.- HAY UNA FIRMA QUE PERTENECE AL SEÑOR PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ.- HAY UNA FIRMA QUE CORRESPONDE AL INGENIERO WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: REGISTRO NACIONAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, IC- CINCO UNO CINCO TRES, INGENIERO CIVIL.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- LICENCIADA BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, ABOGADO Y NOTARIO, PRESENTE.- A Usted atentamente informo que a las once horas treinta minutos del día treinta de septiembre del año dos mil diecinueve, procedí a remedir la porción de terreno de naturaleza rústica, inculta, fue segregada de otro inmueble de mayor extensión, situada en la Hacienda Tecolocoy, llamado Rincón del Espino, Cantón Río Frío, Caserío Las Maravillas, jurisdicción de Ahuachapán, departamento de Ahuachapán, ubicada al rumbo Sur de la porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza; propiedad de los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, en forma proindivisa equivalentes a la primera y al segundo de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y seis por ciento a cada uno, y al tercero, al cuarto, a la quinta y a la sexta de los comparecientes el dieciséis punto sesenta y siete por ciento a cada uno, inscrita bajo la Matrícula número QUINCE MILLONES CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE- CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO CINCO, DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS DE LA SEGUNDA SECCIÓN DE OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN.- En cumplimiento con el cargo que me han dado, y además en base con lo dispuesto en la Ley de Ingenieros Topógrafos, en sus Artículos Once, Quince y Veinte, me permito hoy entregarle la descripción técnica y mensura de dicha porción de terreno, haciendo constar que fueron citados todos los colindantes, y el Fiscal General de la República de El Salvador, y estos no elevaron quejas, protestas, ni observaciones a las operaciones que se hicieron en la porción de terreno objeto de las diligencias de remedición, que se llevó a cabo con una Estación Total Marca Leica, que sirve para levantamientos planimétricos topográficos y otros.- La remedición ordenada, dio el resultado siguiente: DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE UNA PORCIÓN DE TERRENO DE NATURALEZA RÚSTICA, UBICADA EN LA HACIENDA TECOLOCOY, LLAMADO RINCÓN DEL ESPINO, CANTÓN RÍO FRÍO, CASERÍO LAS MARAVILLAS, MUNICIPIO DE AHUACHAPÁN, DEPARTAMENTO DE AHUACHAPÁN, cuya descripción es la siguiente: AL NORTE: Partiendo del vértice Nor-Poniente formado por seis tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón M uno al mojón M dos, con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y siete minutos cero tres segundos Este, con una distancia de veinticinco punto ochenta y siete metros; Tramo dos, del mojón M dos al mojón M tres, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cuarenta y tres minutos treinta y dos segundos Este, con una distancia de veintiocho punto cincuenta y tres metros; Tramo tres, del mojón M tres al mojón M cuatro, con rumbo Sur ochenta y nueve grados veinticuatro minutos veinte segundos Este, con una distancia de veintiuno punto cuarenta y un metros; Tramo cuatro, del mojón M cuatro al mojón M cinco, con rumbo Sur ochenta y nueve grados trece minutos cincuenta y ocho segundos Este, con una distancia de trece punto ochenta y cinco metros; Tramo cinco, del mojón M cinco al mojón M seis, con rumbo Norte ochenta y ocho grados cuarenta y siete minutos doce segundos Este, con una distancia de nueve punto setenta y cuatro metros; Tramo seis, del mojón M seis al mojón M siete, con rumbo Norte ochenta y seis grados cuarenta y tres minutos cincuenta y un segundos Este, con una distancia de diez punto treinta y cinco metros, lindando por estos tramos con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, después porción vendida al señor Miguel Antonio Peraza, hoy de la señora Silvia Patricia Valdivieso Cáceres, cerco propio de por medio; AL ORIENTE: Partiendo del vértice Nor-Oriente formado por once tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón M siete al mojón M ocho, con rumbo Sur treinta y cinco grados cincuenta minutos dieciséis segundos Este, con una distancia de tres punto cuarenta y ocho metros; Tramo dos, del mojón M ocho al mojón M nueve, con rumbo Sur treinta y cinco grados treinta y un minutos treinta y nueve segundos Este, con una distancia de ocho punto cero cero metros; Tramo tres, del mojón M nueve al mojón M diez, con rumbo Sur treinta y cuatro grados cuarenta y siete minutos veintidós segundos Este, con una distancia de nueve punto veinticinco metros; Tramo cuatro, del mojón M diez al mojón M once, con rumbo Sur treinta y siete grados cincuenta y un minutos quince segundos Este, con una distancia de ocho punto cero ocho metros; Tramo cinco, del mojón M once al mojón M doce, con rumbo Sur veintinueve grados cincuenta minutos treinta y seis segundos Este, con una distancia de catorce punto sesenta y cinco metros; Tramo seis, del mojón M doce al mojón M trece, con rumbo Sur cuarenta grados veinticuatro minutos veintitrés segundos Este, con una distancia de trece punto ochenta y siete metros; Tramo siete, del mojón M trece al mojón M catorce, con rumbo Sur treinta y cinco grados cero cinco minutos treinta y nueve segundos Este, con una distancia de once punto setenta y seis metros; Tramo ocho, del mojón M catorce al mojón M quince, con rumbo Sur treinta y tres grados cincuenta y seis minutos veintidós segundos Este, con una distancia de siete punto sesenta y cuatro metros; Tramo nueve, del mojón M quince al mojón M dieciséis, con rumbo Sur treinta y un grados treinta y cinco minutos cero siete segundos Este, con una distancia de seis punto veintinueve metros; Tramo diez, del mojón M dieciséis al mojón M diecisiete, con rumbo Sur treinta y siete grados treinta y ocho minutos cero nueve segundos Este, con una distancia de doce punto noventa y ocho metros; Tramo once, del mojón M diecisiete al mojón M dieciocho, con rumbo Sur treinta y cinco grados cero siete minutos cuarenta y ocho segundos Este, con una distancia de veintitrés punto cincuenta y seis metros, lindando con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, hoy inmuebles propiedad de los señores Máximo Salinas Rivas, Andrés Salinas Rivas, Carlos Alfredo Salinas Rivas y con la sucesión del señor Israel Salinas Rivas representada por la señora Alba Luz Zepeda de Salinas, calle nacional de seis metros de ancho de por medio; AL SUR: Partiendo del vértice Sur-Oriente formado por siete tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón M dieciocho al mojón M diecinueve, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cincuenta y cuatro minutos cuarenta y seis segundos Oeste, con una distancia de cuarenta y uno punto ochenta y nueve metros; Tramo dos, del mojón M diecinueve al mojón M veinte, con rumbo Sur ochenta y nueve grados cuarenta y ocho minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de veinte punto ochenta y tres metros; Tramo tres, del mojón M veinte al mojón M veintiuno, con rumbo Norte ochenta y ocho grados veintiocho minutos veintitrés segundos Oeste, con una distancia de veinte punto veintidós metros; Tramo cuatro, del mojón M veintiuno al mojón M veintidós, con rumbo Norte ochenta y nueve grados catorce minutos trece segundos Oeste, con una distancia de treinta y cinco punto cuarenta y cuatro metros; Tramo cinco, del mojón M veintidós al mojón M veintitrés, con rumbo Sur ochenta y cuatro grados veinticinco minutos diecisiete segundos Oeste, con una distancia de treinta y cinco punto treinta y siete metros; Tramo seis, partiendo del mojón M veintitrés al mojón M veinticuatro, con rumbo Sur ochenta y cinco grados cincuenta minutos veintisiete segundos Oeste, con una distancia de veintiuno punto cero un metros; Tramo siete, del mojón M veinticuatro al mojón M veinticinco, con rumbo Sur ochenta y cinco grados cuarenta y seis minutos treinta y dos segundos Oeste, con una distancia de catorce punto veintiséis metros, lindando con resto del inmueble que fue del señor Luis Alfonso Valdivieso conocido por Luis Alfonso Valdivieso Tobar, después parcela propiedad de FINATA, hoy inmuebles de los señores Leticia Irene Valdivieso de Contreras, Eusebio Juárez Morán, Ana Adilia Cáceres de Asencio y Agustín Asencio Campos, cerco propio de piña y alambre de por medio; y AL PONIENTE: Partiendo del vértice Sur-Poniente formado por ocho tramos, con los siguientes rumbos y distancias: Tramo uno, del mojón M veinticinco al mojón M veintiséis, con rumbo Norte cero dos grados veintidós minutos cero un segundos Este, con una distancia de nueve punto quince metros; Tramo dos, del mojón M veintiséis al mojón M veintisiete, con rumbo Norte veinte grados cincuenta y tres minutos veintiséis segundos Este, con una distancia de nueve punto cincuenta y cinco metros; Tramo tres, del mojón M veintisiete al mojón M veintiocho, con rumbo Norte diez grados cuarenta y un minutos cincuenta y cuatro segundos Este, con una distancia de nueve punto setenta y ocho metros; Tramo cuatro, del mojón M veintiocho al mojón M veintinueve, con rumbo Norte cero dos grados cincuenta y nueve minutos cero un segundos Este, con una distancia de siete punto noventa y cuatro metros; Tramo cinco, del mojón M veintinueve al mojón M treinta, con rumbo Norte cero ocho grados catorce minutos diez segundos Oeste, con una distancia de trece punto trece metros; Tramo seis, del mojón M treinta al mojón M treinta y uno, con rumbo Norte cero ocho grados cincuenta y un minutos veintisiete segundos Este, con una distancia de doce punto sesenta y siete metros; Tramo siete, del mojón M treinta y uno al mojón M treinta y dos, con rumbo Norte cero seis grados cincuenta minutos cuarenta y tres segundos Este, con una distancia de veintitrés punto noventa y nueve metros; Tramo ocho, del mojón M treinta y dos al mojón M uno, con rumbo Norte cero tres grados treinta y seis minutos diecisiete segundos Este, con una distancia de dieciséis punto ochenta y nueve metros, lindando por estos tramos antes con los predios llamados El Rincón de la Plata, que fueron del señor Antonio Padilla y la sucesión de Dámaso Padilla, después lo de éste de la sucesión del doctor Alfonso Borja Nathan, hoy propiedad de los señores Carlos Alfredo Salinas Rivas y Santos Odilio Salinas Silva, cerco propio y barranca en medio.- El inmueble antes descrito tiene una extensión superficial de CATORCE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS equivalentes a VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y UN VARAS CUADRADAS.- En la porción de terreno antes descrita existen cuatro casas de adobe sin servicios básicos y una casa de sistema mixto con agua potable y energía eléctrica; además existen árboles de mamón, guayaba taiwanesa, mangos y Maquilishuat.- Ahuachapán, tres de octubre del año dos mil diecinueve.- HAY UNA FIRMA QUE CORRESPONDE AL INGENIERO WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: REGISTRO NACIONAL DE ARQUITECTOS E INGENIEROS WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, IC- CINCO UNO CINCO TRES, INGENIERO CIVIL.- Recibido a las once horas del día tres de octubre del año dos mil diecinueve.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.- En las oficinas de la Suscrita Notario, Ahuachapán a las quince horas del día cuatro de octubre del año dos mil diecinueve.- Ante mí y por mí, BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ, Notario de este domicilio.- OTORGO: Que las presentes diligencias, se han seguido, llenando los requisitos establecidos por la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, estableciendo que existe una diferencia del área de la porción de terreno remedida, o sea entre la que relaciona su antecedente a favor de los interesados los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, y que exactamente mide dicha porción de terreno, descrita específicamente por el perito nombrado.- Por lo tanto tomando como base el informe aludido por el mencionado Ingeniero Civil WALTER OMAR VÁSQUEZ CASTANEDA, de generales conocidas en estas diligencias, y el Artículo Décimo Quinto de la Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y Otras Diligencias, DECLARO: Que la medida real de tal porción de terreno es la contenida en el informe topográfico relacionado o sea exactamente CATORCE MIL QUINIENTOS VEINTIDÓS PUNTO CUARENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS equivalentes a VEINTE MIL SETECIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO SETENTA Y UN VARAS CUADRADAS.-Protocolícese todo lo anterior en el Protocolo de la Suscrita Notario, de conformidad con el Artículo Cincuenta y cinco de la Ley de Notariado.- HAGO CONSTAR, Que estas diligencias están escritas en diecisiete hojas útiles corrientes de papel bond.- Leo íntegramente lo escrito que consta de una hoja útil, en un solo acto, firmo y sello.- DOY FE.- B.A.MAGAÑA.C..- RUBRICADAS.- HAY UN SELLO QUE SE LEE: BRENDA ARGENTINA MAGAÑA CORTEZ.-NOTARIO, RE¬PUBLICA DE EL SALVA¬DOR.-" Yo, la Nota¬rio, ¬DOY FE: Que la transcripción ante¬rior¬, es confor¬me con su origi¬nal, que le será devuel¬ta a los otorgantes los señores ELENA DEL TRANSITO SILVA JUÁREZ, FIDEL HUMBERTO SILVA JUÁREZ, PEDRO ÁNGEL SILVA JUÁREZ, MANUEL DE JESÚS SILVA JUÁREZ, ROSA BELLA SILVA JUÁREZ y ANA JULIA JUÁREZ VIUDA DE SILVA, con la razón de Ley, y leído que hube ínte¬gra¬men¬te el conte¬nido de este instru¬mento, lo ratificó y firmo.-DOY FE.-

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05 Ene 2022 15:54 #7 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
ahi estan los porcentajes que les corrresponden a cada uno posteriormente se hizo la partición

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05 Ene 2022 15:56 #8 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
si necesita la partición se la puede enviar
El siguiente usuario dijo gracias: Leyesita

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13 Oct 2022 19:29 #9 por Leyesita
Respuesta de Leyesita sobre el tema porcentaje en remedicion de inmueble.
Le agradeceré mucho colega por su aportación me envía el modelo .

Leyesita Salvadoreña.
notarialelsalvador.blogspot.com

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