Muy buenas tardes colegas. Una consulta. ¿Alguna vez les han observado en el Registro de la Propiedad una Declaratoria de Heredero realizada judicialmente? Y de ser así ¿Cómo han procedido? ¿Solicitaron la enmienda al Tribunal o solicitaron se realizara nuevamente la declaratoria? Muchas gracias por su tiempo y sus conocimientos. Bendecido día les de Dios.
El Señor es mi pastor; nada me faltará.
Última Edición: 03 Mar 2021 13:02 por liorellana79.
mas o menos haga el escrito así:
SEÑOR JUEZ......................
Me refiero a las diligencias de aceptación de herencia...........................de la causante...............
en mi calidad de .................................a Usted con todo respeto lo expongo:
Que en la calidad expresada hago su conocimiento honorable Juez que la certificación de declaratoria de heredero
extendida por su autoridad presentada para su inscripción bajo el asiento numero ..................en el Registro de la ...................... no fue posible su inscripción por lo siguiente: "................................."observación dada por la honorable registrador ..................tal como lo compruebo con una fotocopia simple que le presento
situación que fue superada por esto .............
y le pido Se rectifique y se libre nueva certificación de declaratoria en el presente proceso con los cambios correspondientes
soy ...........................
El siguiente usuario dijo gracias: eslexv15, Icarus, liorellana79
Mil gracias, colega. Más o menos eso pensaba hacer yo. Aún no lo he presentado al CNR, pero tenía la duda porque creo que hay algo que podrían prevenir pues a veces son muy formalistas en el Registro y me surgía la duda sobre que tan exigentes son con las Declaratorias por vía Judicial, y si acaso alguien ya había pasado por la experiencia como la habían evacuado existosamente. Si alguien más ha tenido casos parecidos, se les agradecería compartir su experiencia. Bendecido día.
La forma correcta de subsanar es por medio de oficio de corrección, dudo mucho que el Tribunal extienda una nueva certificación, lo correcto es un oficio de corrección (tal cual se hace con los embargos por oficio o con las adjudicaciones de inmueble), y también va a depender de cual ha sido la observación.