estoy haciendo unas diligencias de aceptacion de herencia via notarial, resulta que hay tres legatarios, de bienes muebles, mi pregunta es, como se hace la entrega cuando ya declare a la heredera que solo es una, de esos legados muebles? gracias.
No se que clase de muebles sean en su caso, pero por ejemplo una motocicleta o un vehículo son muebles que deben registrarse en sertracen y su instrumento es o en documento privado autenticado o también mediante escritura pública de tradición de legado, los dos medios acepta sertracen. Es decir se trata de muebles pero que van a un registro.
Pero hay otra clase de muebles que no se lleva ningún control registral y por ello la ley no requiere de mayores formalidades sino las que sencillamente regula en el Art. 665 C.C. y siguientes.
No obstante ello para garantía de los herederos de que el legatario por la simpleza de la entrega pretenda simular que no se le ha entregado nada o que no se ha cumplido con la voluntad del testados; Es recomendable otorgarse dicha entrega mediante documento privado autenticado pero estos tienden a extraviarse y posteriormente no encuentran como comprobar que se hizo la entrega, por ello es mejor hacerlo mediante escritura pública ya que al menos queda el libro de protocolo en la corte para solicitar un testimonio en caso de extravío del que oportunamente extendió el notario.
Gracias Lic. por su respuesta, entre los bienes muebles para los legatarios, hay por ejemplo roperos, cocinas, refrigeradoras.....por eso es que tenia dudas, le agradezco su respuesta me ha ayudado mucho.