CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!

18 Jul 2017 09:59 - 18 Jul 2017 10:00 #1 por fersalmista
ES EL CASO QUE UN SE;OR FUE DECLARADO HEREDERO EN EL 94 DE LA HERENCIA DE SUS PADRES.....
A) EN ESE MISMO A;O OTORGO SU TESTAMENTO EN ABRIL DEL 94 Y DEJO TODO ..... A UN SOBRINO
B ) LUEGO OTORGO CESION DE DERECHOS HEREDITARIOS EN OCTUBRE DEL 94...... A SUS HIJOS
C) PRIMERO EN PRESENTARSE AL CNR FUE LA CESION DE DERECHO ES DECIR LOS HIJOS. EN EL 2003
D) OBSERVARON LA PRESENTACION DE LA CESION POR QUE EL SE;OR YA HABIA SIDO DECLARADO HEREDERO.
E) EL SOBRINO ACEPTO HERENCIA EN EL 2015, PERO NO PUEDE HACER LOS TRASPASOS POR HERENCIA POR QUE ESTAN LAS OBSERVACIONES DE LA CESION DE DERECHO QUE OTORGO EN EL 94 Y COMO ERAN DE ANTIGUA NORMATIVA NO LAS RETIRAN DE PLENO DERECHO. POR LO TANTO ESA OBSERVACION ESTA ESTORBANDO EL TRASPASO POR HERENCIA.
F) EL REGISTRADOR DICE QUE SE RESUELVA EN CEDE JUDICIAL.
G) MI CLIENTE ES EL SOBRINO QUE LE DEJARON EL TESTAMENTO, YA ACEPTAMOS LA HERENCIA., QUE TIPO DE JUICIO SIGO????

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18 Jul 2017 14:44 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
a mi juicio es una nulidad de escritura aunque si habla con los cesionarios de los derechos pueden retirar sin inscribir el documento en el CNR
pregunta quien tiene la posesión del inmueble

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19 Jul 2017 09:37 #3 por fersalmista
Respuesta de fersalmista sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
NO LA QUIREN RETIRAR PUES OBVIO ALEGAN QUE TIENEN MEJOR DERECHO.
LA POSESION DE LA CASA LA TIENEN OTROS HEREDEROS, YA QUE X QUE DEJO TESTAMENTO Y OTORGO LA CESION ERA 1 MAS DE 8 HEREDEROS.

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19 Jul 2017 12:34 #4 por Apolos
Respuesta de Apolos sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
Me gustaría que ampliara porque observaron la escritura de secion de derecho, que plantea en el literal D)

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19 Jul 2017 14:30 #5 por fersalmista
Respuesta de fersalmista sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
VAMOS A VER COLEGAS!!!!! LA CESION DE DERECHO SE OBSERVO OBVIAMENTE POR QUE X, YA HABIA ACEPTADO HERENCIA Y YA HABIA SIDO DECLARADO HEREDERO, YA ESTABA INSCRITA LA DECLARATORIA DE HEREDERO EN DONDE EL FUE DECLARADO HEREDERO DE SUS PADRE JUNTO A SUS HERMANOS. ES DECIR: QUE SI X QUERIA ENTREGAR SUS PROPIEDADES A SUS HIJOS LO QUE TENIA QUE HABER HECHO ES LA COMPRAVENTA DE SU PORSENTAJE. NO SE SI ME EXPLICO. EN OTRAS PALABRAS X ACEPTO HERENCIA DE SUS PADRES, Y LUEGO CEDE LOS DERECHOS DEBERIA HABER SIDO AL REVES, CEDE SUS DERECHOS HEREDITARIOS PARA QUE SUS HIJOS ACEPTEN SU HERENCIA. PERO X NO SOLO HIZO ESO:
1. X ACEPTO HERENCIA EN EL 94 ... Y ES DECLARADO HEREDERO E INSCRITA LA DECLARATORIA Y LOS TRASPASOS
2. X OTORGA TESTAMENTO A UN SOBRINO.
3. X CEDE SUS DERECHOS HEREDITARIOS (OJO AL DATO) CARTUCHCO YA GASTADO.

SON 4 INMUEBLES, SON 6 HEREDEROS QUE ACEPTARON HERENCIA CON X

LOS HIJOS DE X SE PRESENTAN AL CNR A INSCRIBIR LA CESION LA OBSERVAN OBVIAMENTE POR QUE COMO REPITO X YA SE GASTO ESE CARTUCHO ESE DERECHO AL ACEPTAR HERENCIA. Y LUEGO EL SOBRINO (HEREDERO TESTAMENTARIO A QUIEN YO LE SEGUI LA ACEPTACION DE HERENCIA TESTAMENTARIA VIA JUDICIAL) NO PUEDE INSCRIBIR POR LA CESION QUE ESTA PRESENTADA.

COLEGAS LES AGRADEZCO TOMARSE EL TIEMPO DE RESOLVER ESTA LITIS CONMIGO LES COMPARTIRE HONORARIOS SI ME AYUDAN.

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20 Jul 2017 03:37 - 20 Jul 2017 03:53 #6 por Apolos
Respuesta de Apolos sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!

fersalmista escribió: VAMOS A VER COLEGAS!!!!! LA CESION DE DERECHO SE OBSERVO OBVIAMENTE POR QUE X, YA HABIA ACEPTADO HERENCIA Y YA HABIA SIDO DECLARADO HEREDERO, YA ESTABA INSCRITA LA DECLARATORIA DE HEREDERO EN DONDE EL FUE DECLARADO HEREDERO DE SUS PADRE JUNTO A SUS HERMANOS. ES DECIR: QUE SI X QUERIA ENTREGAR SUS PROPIEDADES A SUS HIJOS LO QUE TENIA QUE HABER HECHO ES LA COMPRAVENTA DE SU PORSENTAJE. NO SE SI ME EXPLICO. EN OTRAS PALABRAS X ACEPTO HERENCIA DE SUS PADRES, Y LUEGO CEDE LOS DERECHOS DEBERIA HABER SIDO AL REVES, CEDE SUS DERECHOS HEREDITARIOS PARA QUE SUS HIJOS ACEPTEN SU HERENCIA. PERO X NO SOLO HIZO ESO:
1. X ACEPTO HERENCIA EN EL 94 ... Y ES DECLARADO HEREDERO E INSCRITA LA DECLARATORIA Y LOS TRASPASOS
2. X OTORGA TESTAMENTO A UN SOBRINO.
3. X CEDE SUS DERECHOS HEREDITARIOS (OJO AL DATO) CARTUCHCO YA GASTADO.

SON 4 INMUEBLES, SON 6 HEREDEROS QUE ACEPTARON HERENCIA CON X

LOS HIJOS DE X SE PRESENTAN AL CNR A INSCRIBIR LA CESION LA OBSERVAN OBVIAMENTE POR QUE COMO REPITO X YA SE GASTO ESE CARTUCHO ESE DERECHO AL ACEPTAR HERENCIA. Y LUEGO EL SOBRINO (HEREDERO TESTAMENTARIO A QUIEN YO LE SEGUI LA ACEPTACION DE HERENCIA TESTAMENTARIA VIA JUDICIAL) NO PUEDE INSCRIBIR POR LA CESION QUE ESTA PRESENTADA.

COLEGAS LES AGRADEZCO TOMARSE EL TIEMPO DE RESOLVER ESTA LITIS CONMIGO LES COMPARTIRE HONORARIOS SI ME AYUDAN.


De acuerdo a mi análisis preliminar, estaríamos ante la presencia de un heredero que pudiera ser el legitimo y de otros que pudieran ser herederos putativos o aparentes, por lo que recomiendo exponer como pretención que a quien le asiste el mejor derecho es al sobrino (en el caso del sobrino cuenta con documentos probatorios que servirán) y probarlo en juicio civil común declarativo de petición de herencia y salvaguardar la acción reinvidicatoria en caso de ser necesario.

Comparto la siguiente cita de jurisprudencia:

Es importante dejar establecido, que el heredero legítimo, al encontrarse ante la situación de que la herencia está siendo poseída por otra persona en calidad de heredero aparente, le nace el derecho para vencerlo judicialmente a través de un Proceso de Petición de Herencia; y si al haberlo vencido resultase que algunos o todos los bienes que conforman la masa sucesoral habían sido enajenados previamente, es ahí donde nace el derecho al verdadero heredero de reivindicar dichos bienes contra los terceras que los poseen para recuperarlos, no obstante que tales terceros sean de buena fe. Esto es así, simple y llanamente porque el tradente de quien adquirieron los bienes no era heredero legítimo sino putativo.

Quedo a las órdenes, mi correo es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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20 Jul 2017 10:59 #7 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
Creo según lo expuesto que en efecto la cesión es acto carante de todo valor pues como menciona este acto puede operara cuando se "ceden" los derechos para acceder a una herencia,ya aceptada y declardo como heredero si hubiera quirido trasaladar el dominio total o parcial hubiera sido por donacion, venta o por testamento.

Ahora el problema ya no lo veo en sede judicial pues ya hay una sentencia de la declaratoria de heredero.El problema lo veo en el registrador.

Inscripción, suspensión y denegatoria
Art. 13.Reglamento de la ley de DE REESTRUCTURACION DEL REGISTRO DE LA
PROPIEDAD RAIZ E HIPOTECAS - Calificado el documento por el Registrador, si no existiere defecto alguno, ordenará su
inscripción, consignando en él la palabra "Inscríbase"; sin embargo, cuando lo estime
necesario, podrá razonar su resolución; a continuación consignará los datos de los documentos
anexos que conforme a la Ley deba relacionar; pudiendo escribir en cifras las fechas y
números contenidos en los mismos; firmando y sellando al pie.
Si del examen resultare que el documento adolece de defectos subsanables o carece de
alguna de las formalidades que las leyes exigen, el Registrador suspenderá el proceso de su
inscripción definitiva y lo enviará al archivo correspondiente.
Si el documento adoleciere de nulidad absoluta, el Registrador denegará la inscripción y
notificará su resolución al interesado.
De la inscripción de las declaratorias de herederos y de los testamentos
Art. 64.- Siempre que haya de efectuarse el traspaso por herencia de un derecho real que
recae sobre una finca deberá inscribirse previamente, en el folio real respectivo, la declaratoria
de heredero y testamento si lo hubiere.
Si en el patrimonio sucesoral existieren derechos reales que recaen sobre varias fincas, la
declaratoria de herederos y el testamento en su caso, se inscribirán en cada uno de los folios
reales correspondientes a los inmuebles.
No serán inscribibles en el Registro de la Propiedad Inmueble, las declaratorias de heredero ni
los testamentos, si en la sucesión no hubiere derechos reales que recayeren sobre bienes
inmuebles.
De la inscripción de los inmuebles a favor de los herederos
Art. 65.- La inscripción del traspaso por herencia de los derechos reales que recaen sobre
inmuebles, será ordenada por el Registrador que efectúe la calificación de los documentos
pertinentes, tal como lo preceptúa el artículo 13 de este Reglamento.
La inscripción del traspaso se realizará mediante asiento en la hoja de resumen del folio real
correspondiente al inmueble sobre el cual recae el derecho que se traspasa. El asiento se
elaborará conforme a lo establecido en el artículo 57 de este Reglamento, en lo que fuere
aplicable.
Efectuado el traspaso, se asentará la razón de inscripción en el título correspondiente.

En los anteriores artículos se aprecia claramente que el registrado esta entrando en una dinámica contradictoria hasta lo absurdo.
Pues no inscribe porque esta observada la cesión y la cesión no la tramita porque esta observado(pero no tiene ningun valor) asi dentro de
esa dinámica nunca se podrá inscribir la declaratoria de heredero. Así que habría que solicitar hablar con el jefe para ver que solución se le puede dar.Pues el documento según la ley es perfectamente inscribible.

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20 Jul 2017 12:00 #8 por Apolos
Respuesta de Apolos sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
En efecto, el problema principal aquí es que existe una Escritura de cesión de derechos hereditarios que esta interpuesta con observaciones y que no permite la inscripción de la aceptación de Herencia del cliente de fersalmista, por ende no se pueden inscribir ninguno de los derechos mencionados, a menos que sea por sentencia judicial que ordene la cancelación del proceso de registro y retiro sin inscribir de la cesión hereditaria y consecuentemente ordene la inscripción de la aceptación de herencia testamentaria.

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21 Jul 2017 09:30 #9 por fersalmista
Respuesta de fersalmista sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
LES AGRADEZCO MUCHO, ME ENCANTA VER EL ANALISIS QUE LE HACEN AL PRESENTE CASO.
LES COMENTO:
TENGO LA CERTIFICACION DE LA DECLARATORIA DE HEREDERO TESTAMENTARIA, EL TESTAMENTO, Y LAS ESCRITURAS DE LOS INMUEBLES QUE SE TIENEN QUE TRASPASAR. POR QUE NO LAS HE LLEVADO AL CNR? POR QUE ESTAN OBSERVADAS LA "BENDITA" CESION DE DERECHO QUE X HIZO A SUS HIJOS (MUY BIEN OBSERVADAS POR EL REGISTRADOR PUES COMO SE HA MANEJADO X SE GASTO EL CARTUCHO AL ACEPTAR LA HERENCIA Y COMO BIEN HAN MENCIONADO SI HUBISE QUERIDO TRASPASAR LO HUBIERA HECHO POR MEDIO DE DONACION, TESTAMENTO O COMPRAVENTA.

AHORA BIEN:
QUE PASA SI LLEVO A INSCRIBIR LA DECLARATORIA, TESTAMENTO Y TRASPASOS POR HERENCIA? CREEN QUE LAS INSCRIBEN O LAS OBSERVARIAN.
ME PARECE MUY BIEN LA IDEA DE HABLAR CON EL JEFE DEL REGISTRO. PERO IGUAL NO PODEMOS OBLIGAR A QUE RETIREN SIN INSCRIBIR LA CESION DE DERECHO.

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21 Jul 2017 13:27 #10 por Apolos
Respuesta de Apolos sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
Puedes ir al registro y exponer con ellos la situación, para salir de esa duda, es mejor agotar esa opción.

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20 Sep 2017 10:35 #11 por fersalmista
Respuesta de fersalmista sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
BUENOS DIAS COLEGAS!!!!!!!!!!!!!!!! QUIERO COMUNICARLES PARA LOS QUE TIENEN INTERES EN ESTE CASO PARTICULAR , ME VOY A IR A UN PROCESO COMUN DECLARATIVO DE NULIDAD DEL ACTO DE PRESENTACION DE LA CESION DE DERECHO, LES COMENTARE COMO ME FUE, PUES AUN NO DECIDO QUE ES LO QUE ATACARE:
1. ATACAR LA NULIDAD DE LA CESION DE DERECHO POR CONTENER "ERROR" VICIANDO EL CONSENTIMIENTO.
2. ATACAR EL ACTO DE PRESENTACION DE LA CESION DE DERECHO AL REGISTRO. PUES LA CESIONES DE DERECHOS NO SE PRESENTAN SOLAS AL CNR. SE PRESENTAN CON LAS DECLARATORIAS PERTINENTES.

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05 Feb 2018 14:34 #12 por fersalmista
Respuesta de fersalmista sobre el tema CESION DE DERECHO VS TESTAMENTO. AYUDA!!!!!
MUY BUENAS TARDES COLEGAS... COMENTARLES QUE ME FUI POR UN PROCESO COMUN DECLARATIVO.... YA ADMITIERON LA DEMANDA, Y ESTOY A LA EXPECTATIVA DE QUE VAN A CONTESTAR LES TENDRE AL TANTO COLEGAS....

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