CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA

07 Sep 2016 10:38 #1 por Lee
Buenas Tardes estimados, alguien me podria explicar el procedimiento para que unos beneficiarios de cuota alimenticia, los cuales ya son mayores de edad renuncien a la obligacion que tiene su Madre para con ellos, la cuota la deposita en la Procuraduria cada mes, agradeceria cualquier colaboracion al respecto.

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07 Sep 2016 11:41 #2 por nino1002
Respuesta de nino1002 sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
Se presenta ante la procuraduria a solicitar una audiencia de reinicio alegando la mayoria de edad y presentando las partidas luego citan a las partes y cesan la cuota B)

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07 Sep 2016 14:58 - 07 Sep 2016 15:01 #3 por alberto68
Respuesta de alberto68 sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
Estimado LEE, de conformidad a la Ley de familia el Derecho de Alimentos es irrenunciable sin exepcion alguna lo que si puede proceder es la cesacion de la obligacion conforme a las reglas establecidad en la misma ley Art 270 CF. Cierto es que dijiste q es en la procu mas sin embargo nada mas como apunte si la obligacion deviene por proceso ante la procuraduria es ahi donde debes solicitarla y si devino por un tribual de familia pues es en esa instancia donde debes promoverla. Apunto Art 270 # 3 CF, segun tu caso.

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07 Sep 2016 15:17 #4 por zarita
Respuesta de zarita sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
Según el art. 211CF se debe presentar al Juzgado de Familia escrito para pedir el cese del pago de las cuotas alimenticias.

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07 Sep 2016 17:13 #5 por alberto68
Respuesta de alberto68 sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
Aqui te dejo una resolucion importante al respecto. Te ayudara muchisomo.
Adjuntos:

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07 Sep 2016 22:57 #6 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
SI LA CUOTA FUE FIJADA EN SEDE DE LA PGR AHI SE ACUDE Y ELLOS LA CESAN
SI FUE EN SEDE JUDICIAL SE TIENE QUE PRESENTAR DEMANDA AL JUEZ DE FAMILIA

REQUISITOS PARTIDA DE NACIMIENTO DE HIJOS Y DUI DE LA MADRE

EL TRAMITE EN PGR LO TIENE QUE SER LA MADRE Y ELLA SOLICITAR QUE CITEN A LOS HIJOS PARA EL CESE O SE PUEDE ACUDIR TODOS AL MISMO TIEMPO PARA HACER EL CESE

WALDO2173

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08 Sep 2016 15:30 #7 por Yani2013
Respuesta de Yani2013 sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
SI JUDICIALMENTE SE ESTABLECIO LA CUOTA, DEBE NECESARIAMENTE POR DICHA VIA SOLICITAR MODIFICAION DE SENTENCIA EN CUANTO AL CESE DE LA CUOTA, AQUI UN EJEMPLO DE DEMANDA, YO LA PRESENTE HACE POCO Y GRACIAS A DIOS LOGRE EL CESE. SUERTE.



DEMANDA DE MODIFICACION DE SENTENCIA.

SEÑOR JUEZ DE FAMILIA
AHUACHAPAN.
xxxxxxxxxx, de cuarenta y ocho años de edad, Abogado, del domicilio de Ahuachapán, con Tarjeta de Abogado número t___, con Documento Único de Identidad número _____, a usted con el debido respeto le EXPONGO:
I) Que soy apoderado General Judicial del señor CARLOS OVIDIO MIRANDA BARAHONA, de cincuenta y cuatro años de edad, Empleado, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero dos millones cuatrocientos setenta mil trescientos cincuenta y nueve-nueve y con Numero de Identificación Tributaria mil once-doscientos cuarenta y un mil ciento sesenta y uno-ciento uno-cero, residente en cantón Santa Cruz, en ésta Ciudad; tal y como lo compruebo con el Poder General Judicial y Acta de Sustitución a mi favor el cual le presento.
II) Que con expresas instrucciones de mi mandante vengo a demandar en JUICIO DE MODIFICACION DE SENTENCIA DEFINITIVA, a los señores WALTER ARMANDO MIRANDA VEGA, WILBER GIOVANNI MIRANDA VEGA y YEIMY CAROLINA MIRANDA VEGA, todos ellos mayores de edad, y del domicilio de esta ciudad, siendo el primero empleado, el segundo jornalero y la tercera de oficios domésticos.
III) Mi mandante promovió en el año dos mil JUICIO DE DIVORCIO en contra de la madre de los demandados señora ESTELA AGUIRRE VEGA, quien es mayor de edad, de oficios domésticos, de este domicilio, en este Juzgado, bajo el expediente 391-00 y en sentencia definitiva se decretó el divorcio entre los cónyuges, y entre los accesorios del divorcio se estableció como Cuota de Alimentos por parte de mi mandante y a favor de WALTER ARMANDO MIRANDA VEGA, WILBER GIOVANNI MIRANDA VEGA, DAVID ANTONIO MIRANDA VEGA y YEIMY CAROLINA MIRANDA VEGA, en aquella fecha de 14, 11, 8 y 5 años de edad, en su carácter de hijos de mi mandante, la cantidad de DOS MIL COLONES MENSUALES, equivalentes a DOSCIENTOS VEINTIOCHO PUNTO CINCUENTA Y SIETE DOLARES, a razón de quinientos colones mensuales equivalentes a cincuenta y siete punto catorce dólares, para cada uno de ellos. Posteriormente mi mandante inicio juicio de Modificación de Sentencia, modificación que se pretendía sobre la Sentencia de Divorcio referida, específicamente en lo que se refería a la Cuota de Alimentos, siendo la referencia del expediente 245-03, y en el mismo se dictó sentencia en donde se decretó la disminución de la cuota de alimentos, la cual quedó reducida a MIL CUATROCENTO COLONES MENSUALES, equivalentes a CIENTO SESENTA DOLARES, en razón de trescientos cincuenta colones equivalentes a cuarenta dólares para cada uno de ellos; habiendo quedado de esa manera hasta la presente fecha, y habiendo cumplido mi mandante con dicha disposición hasta la presente fecha.
IV) Pero es el caso señor Juez, que los demandados a la presente fecha, siendo personas mayores de edad, ya han dejado de necesitar la cuota de alimentos por parte de mi mandante, pues cada uno de ellos trabaja por su propia cuenta, siendo además que ya ninguno de ellos continua estudiando, desempeñándose de la siguiente manera: El señor Walter Armando actualmente labora como guardaespaldas del señor Presidente de la Republica de El Salvador; el señor Wilber Giovanni realiza trabajos eventuales de trabajo rústico, y la señora Yeimy Carolina se dedica a los oficios domésticos, a la vez que cultiva una manzana de terreno propio y recoge las cosechas que del mismo se derivan; siendo esta la causa por la cual en el carácter indicado y con instrucciones de mi mandante vengo a solicitarle que se ordene la cesación de la cuota de alimentos establecida, todo ello amparado en lo que estatuye el art. 270 C. Fam. Específicamente en el numeral tercero en lo que se refiere a que “La obligación de dar alimentos cesará cuando el alimentario deja de necesitarlos”.
No omito manifestarle que el señor David Antonio Miranda Vega es persona fallecida, tal como se lo demostrare más adelante y es por tal motivo que no ha sido demandado en el presente juicio, habiendo cesado la obligación de parte de mi mandante al momento de su fallecimiento, tal como lo establece el art. 270 nº 1 C. Fam.
Para probar los extremos de mi demanda ofrezco los siguientes medios de prueba:
a) PRUEBA DOCUMENTAL:
- Certificaciones extendidas por este Juzgado tanto de la Sentencia de Divorcio del juicio de ref. 391-00, como de la Sentencia del Juicio de Modificación de Sentencia, de ref. 245-03, anteriormente relacionadas, con las cuales se pretende demostrar el Monto de la Cuota de alimentos establecida y los beneficiarios de la misma.
- Certificación de las Partidas de Nacimiento y de Defunción del señor David Antonio Miranda Vega, con las cuales pretendo probar que dicho señor es persona fallecida.
- Certificación de las partidas de Nacimiento de los demandados, con lo cual se pretende probar la existencia de los mismos y que todos son mayores de edad.
- Escritura Pública de Poder General Judicial y Acta de Sustitución con el cual legítimo mí personería.
b) PRUEBA TESTIMONIAL:
Ofrezco como testigos a los señores MIGUEL ANGEL MENDOZA RIVAS, de cincuenta años de edad, agricultor en pequeño, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cero quinientos cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y cinco- tres; y ANDRES DAGOBERTO SERRANO CRUZ, de diecinueve años de edad, estudiante, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número cero cinco millones quinientos veintidós mil novecientos treinta y tres- dos, con los cuales pretendo probar que efectivamente los demandados han dejado de necesitar la cuota de alimentos referida, por cuanto cada uno de ellos trabaja por su propia cuenta y se mantienen económicamente.
Por lo que con el debido respeto le PIDO:
a) Me admita esta demanda junto con la prueba documental y testimonial que ofrezco.
b) Se me tenga por parte en la calidad con que actúo.
c) Emplace a los demandados en la dirección que adelante señalaré.
d) Que en Sentencia Definitiva se decrete la Modificación tanto de la Sentencia del juicio de divorcio de ref. 391-00, como de la Sentencia del Juicio de Modificación de Sentencia, de ref. 245-03, anteriormente relacionadas; y que además se decrete la cesación de la cuota de alimentos establecida.
Fundo mi petición en los Artículos 283 Pr. Fam. en relación con los Artículos 270 nº 2 Código de Familia.
Señalo para oír notificaciones tanto mías como de mi mandante y de los testigos propuestos en la 2ª Av. Sur, casa 2-9 en esta ciudad o por medio del telefax 2413-0027.
Los demandados pueden oír notificaciones y emplazamientos en: Cantón Santa Rosa Acacalco, en el lugar conocido como “El Cruzadillo del Pozo Diez”, entrada donde los Gomares, en esta ciudad.
Declaro no tener ninguna de las inhabilidades para ejercer la procuración establecida en el Art. 67 Inc. 2ª, apartados del uno al cinco CPCM.
Presente copia simple del Documento Único de Identidad de los testigos propuestos, así como de mi Tarjeta de abogado y mi NIT.
Ahuachapán, uno de marzo del dos mil dieciséis.
El siguiente usuario dijo gracias: antonieta

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16 Sep 2016 15:12 #8 por jose erick
Respuesta de jose erick sobre el tema CONSULTA RENUNCIA CUOTA ALIMENTICIA
gracias por su aporte es de gran ayuda,

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