Buenas noches colegas.
Este es un caso hipotético que salió a luz en una discusión con otro colega en mi oficina y agradecería muchísimos sus comentarios.
Dos personas, firman un contrato de arrendamiento en un documento privado hace dos años. Por cuestiones impositivas, el arrendatario ha sido requerido por su contador para el contrato sea autenticado.
Así las cosas, ambos contratantes llegan a su oficina a pedir sus servicios como Notario para que autentique el documento.
Procedería usted como notario a autenticar el documento, aunque se haya firmado hace dos años? Si, No y Por qué?
De antemano, gracias por sus comentarios.
SI, PERO EN VEZ DE DECIR QUE LAS FIRMAS FUERON PUESTAS A MI PRESENCIA DIRÍA QUE RECONOCEN COMO SUYAS LAS FIRMAS QUE AHÍ CALZAN Y LO HARÍA CON FECHA DEL DOCUMENTO PRIVADO.-
Me parece excelente la respuesta que le ha dado el colega Walter García, solo agregaría que le sacaría copia ampliada a los DUI de los contratantes (para mi respaldo) y diría además como ejemplo: Cuyas firmas se leen: "ABC" y "XYZ" respectivamente...en este punto preguntaría a los comparecientes como se leen sus firmas obviamente.
El art. 54 LN, menciona INDICARÁ EL LUGAR Y FECHA EN QUE SE EXTIENDE Y QUE SERÁ FIRMADA Y SELLADA POR EL NOTARIO. en este caso la fecha que debe consignar será la actual, no la del documento privado.
"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.