Buenas tardes quisiera que me ayudaran, una persona puso en alquiler una casa, cuando la dio en alquiler no firmaron ningun contrato, el trato solo se hizo de palabra, pero esta persona ya no cancelo las demas cuotas de alquiler, mi pregunta es como se puede interponer la demanda si no hay contrato, tengo entendido que se puede poner testigos?; pero pueden ser los testigos familiares de la dueña de la casa y si hay un numero especifico de testigos que hay que presentar,si se pudiera me podrian proporcionar un modelo para este tipo de tramite, de antemano gracias
Mira esta dificil sin contrato escrito; pues la primera prueba que se propone es precisamente el contrato, como existencia de los hechos;pues no teniendo fecha exacta de la celebracion,el monto del alquiler seria tu palabra contra la del deudor; aca en el codigo civil te indica de donde surge reclamar
Art. 1308.- Las obligaciones nacen de los contratos, cuasicontratos, delitos o cuasidelitos, faltas
y de la ley.
Art. 1309.- Contrato es una convención en virtud de la cual una o más personas se obligan para
con otra u otras, o recíprocamente, a dar, hacer o no hacer alguna cosa.
Asi como se ve,lo que podes intentar es una accion reinvidicativa pero no reclamar canones atrasados
Última Edición: 24 Ene 2013 01:20 por juan avelar o.
Es un caso complicado, pues me parece que es de vivienda en ese caso ds acuerdo a la ley de inquilinato el contrato es una obligacion del arrendador, y por lo tanto esto le puede jugar en contra.
Sin embargo se me ocurre que si anteriormente le dio recibos por los canones que si cancelo eso puede ser un principio de prueba, o si lo pagaron por deposito bancario o algo que deje constancia.
pues yo pasaba por aca y pues en un caso asi se me viene a la mante dos cosas las primera de ellas es q la falta de contrato de arrendamiento es imputable al arredador segun el art 21 en relacion con el 18 de la ley de inquilinato y en el proceso solo le pondran una multa a su cliente. con respecto a como probar los eztremos con la ausencia de contrato de arrendamiento puedes preconstituir prueba es decir por medio de una conciliacion o puedes pedir la declaracion de parte contraria en la demanda en ambos casos dependera de tu astucia como litigante y en la prueba documental puedes aportar la escritura que acredite que tu cliennte es propietario asi como de los recibos que acrediten el pago de alquiler pues al final debes relacionar toda la prueba...
Bendiciones...
Porque no convoca a una conciliacion, y que se ahi con inteligencia del abogado hacer que el inquilino reconozca la existencia de dicho acuerdo/contrato y de poder lograrlo las cuotas que le debe, ára que ahi se haga un acuerdo del pago, y luego inicar algun proceso por incumplimiento del mismo.