Lo del planito es relativo. Dependiendo de la naturaleza del terreno y de los núcleos poblacionales que existan cerca. Si es rural y no está muy poblado en Catastro pagas alrededor de $50.00 y como notario puedes hacer un dibujo de la segregación en hoja simple, firmada por el propietario y el notario. Si es urbana pues habrá que hacer el plano.
El modelo? Acá está.
NUMERO TREINTA Y CINCO. En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas con treinta minutos del día tres de Febrero del año dos mil doce. Ante mi --, Notario, de este domicilio, y los testigos hábiles y de mi conocimiento, que al final diré comparece el señor --, Agricultor en pequeño, de sesenta y nueve años de edad, de este domicilio, a quien conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número --, con Número de Identificación Tributaria: --. Y ME DICE: I) Que según inscripción número SESENTA Y NUEVE del Libro -- del Registro de la Propiedad Raíz e Hipotecas de la Primera Sección del Centro, del Departamento de San Salvador, es dueño y actual poseedor de un inmueble de naturaleza rustica, identificado en su antecedente como LOTE NÚMERO UNO, situado en el Cantón ---, de esta Jurisdicción, de una capacidad originalmente de SEIS AREAS Y MEDIA, que mide y linda: AL ORIENTE, en setenta y seis metros diez milímetros, con terreno de la sucesión de Claudio Campos, que antes fue de Claudio Campos, camino vecinal en medio. AL NORTE, en diez metros quince y medio centímetros, con el de Antonio Letona, antes de Eugenio Melara, línea quebrada. AL PONIENTE, en setenta y cuatro metros treinta centímetros, con lote número dos, línea recta y AL SUR, en diez metros trece centímetros, con predio del doctor Salvador Mixco Pinto, antes de Blas Ramos. II) Que del inmueble antes descrito, por el rumbo sur desmembra una porción de terreno cuya descripción es la siguiente: AL NORTE, Línea recta de ocho punto ochenta y tres metros, lindando con resto del terreno del cual se efectúa esta desmembración; AL ORIENTE, Línea recta de veintitrés metros. Colinda, según antecedente, con terrenos de la sucesión de Claudio Campos, que antes fue de Claudio Campos, camino vecinal en medio, ahora con terrenos de Letona Cañenguez y Marcelina de Pérez, servidumbre de tránsito de por medio; AL SUR, Línea recta de ocho punto ochenta y tres metros. Colinda según antecedente con predio del doctor Salvador Mixco Pinto, antes de Blas Ramos, ahora con María Julia Lara; AL PONIENTE, Línea recta de veintitrés metros. Colinda, según antecedente con lote número dos, ahora con lote de Ana Neftalina Pérez de Díaz. El inmueble antes descrito posee un área superficial de DOSCIENTOS DOS PUNTO OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS, gozando de una servidumbre de tránsito por el lado sur-oriente de cincuenta y tres metros de largo por uno punto treinta metros de ancho. III) Que en forma pura y simple, gratuita e irrevocable, dona el inmueble antes descrito a su hijo
. Que en consecuencia esta Escritura le servirá de legal título de propiedad, efectuando al donatario, la tradición del dominio, posesión y demás derechos anexos, que le corresponden sobre la porción de terreno donada, obligándose al saneamiento de ley, entregándoselo materialmente. Manifiesta el donante que dicho inmueble lo valora en la suma de TRES MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y no produce ninguna renta, que no está ni ha estado arrendado a terceras personas, pero que al arrendarse podría producir una renta anual de doscientos cincuenta Dólares de los Estados Unidos de América. Presente desde el inicio de esta Escritura el señor ----, cuya firma se lee “--”, Fontanero, de cuarenta y dos años de edad, de este domicilio, a quien ahora conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: --, con Número de Identificación Tributaria: --. Y DICE: que acepta la donación que por medio este Instrumento efectúa a su favor el donante, dándose por recibido de la tradición del dominio, posesión y demás derechos anexos que se le transfieren, recibiéndolo materialmente. IV) Continúa manifestando el donante que después de efectuar la desmembración antes descrita, el inmueble general queda reducido a una extensión superficial de DOSCIENTOS DIECIOCHO PUNTO CINCUENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS, el cual posee las medidas y linderos siguientes: AL NORTE: Línea recta de ocho punto ochenta y tres metros. Linda, según antecedente con Antonio Letona, antes Eugenio Melara, ahora con terrenos de Luis Poma, calle Mano de León de por medio; AL ORIENTE: Línea recta de treinta metros. Linda según antecedente con terreno de la sucesión de Claudio Campos, que antes fue de Claudio Campos, camino vecinal en medio, ahora con terrenos de Mercedes Lara, servidumbre de tránsito de por medio ya descrita; AL SUR: Línea recta de ocho punto ochenta y tres metros. Linda según antecedente, con predio del doctor Salvador Mixco Pinto, antes de Blas Ramos, ahora con terreno desmembrado por medio de este instrumento; AL PONIENTE: línea recta de veintinueve metros y treinta centímetros. Linda según antecedente con lote número dos, línea recta, ahora con propiedad de --, siendo la superficie del resto del inmueble general restante de DOSCIENTOS SESENTA Y UNO PUNTO OCHENTA Y UNO METROS CUADRADOS APROXIMADAMENTE. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de esta escritura y leído que les fue por mi íntegramente todo lo escrito en un sólo acto sin interrupción, manifiestan su conformidad, ratifican su contenido y firmamos junto con los testigos señores
, cuya firma se lee “---”, Albañil, de sesenta años de edad, del domicilio de San Salvador, Departamento de San Salvador, con Documento Único de Identidad número: ----; y --, quien firma “
”, de los Oficios de su Hogar, de cincuenta y nueve años de edad, de este domicilio, con Documento Único de Identidad número:
. DOY FE.