Consultando, como hacer cuando una persona esta detenida, que para el caso se le acusa por tenencia de droga, siendo la situación que no permiten en la Dan que ningún abogado pueda hablar con esta persona, en el sentido de querer representarla, pues ha dicha persona le han nombrado abogado de oficio, es decir por parte de la Procu. Es una persona que únicamente tiene como documento pasaporte guatemalteco yno tiene ningún familiar en este país para que pueda nombrarle abogado defensor, entiendo que aún esta en la fase del término administrativo.-
Es un mal procedimiento policial, porque la persona tiene derecho a que ser asistida por parte de un abogado. Habría que esperar que llegue a la Audiencia Inicial para poder hablar con ella o tener un buen contacto en la Policía porque estrictamente no conozco de ningún procedimiento para poder tener acceso al imputado.
Sería necesario saber cuando y a dónde lo capturaron, para determinar a donde lo van a remitir, y hablar con él cuando lo remitan al juzgado o en su caso antes de la audiencia. Tendrias que ir al Juzgado a ver sí lo han remitido, consultar las diligencias y luego esperarlo en el Juzgado.
Tambien a traves de la PDDH podrías tener algun apoyo porque una situación es la detencion administrativo o sí fue detenido en flagrancia y otra es la incomunicación en la que ponen a esta persona. Existe tratados internacionales que regulan precisamente el tratamiento de las personas privadas en libertad que puedes invocar.
Pues no pueden oponerse a que el nombre un abogado defensor de su eleccion, prepara un poder con las generales de el, en el encabezado que diga el nombre del juzgado y otro de la fisca por si acaso, identificalo con el pasaporte, sus generales, ese poder se puede hacer en una hoja simple, y diles que vas a sacar la firma del reo y punto. claro solo deberas consignarle el sello de la dan que ellos ponen, sino lo mas seguro que lo remitiran a la delegacion de monserrat posteriormente.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
Pues no pueden oponerse a que el nombre un abogado defensor de su eleccion, prepara un poder con las generales de el, en el encabezado que diga el nombre del juzgado y otro de la fisca por si acaso, identificalo con el pasaporte, sus generales, ese poder se puede hacer en una hoja simple, y diles que vas a sacar la firma del reo y punto. claro solo deberas consignarle el sello de la dan que ellos ponen, sino lo mas seguro que lo remitiran a la delegacion de monserrat posteriormente.
LA MUERTE NO ES EL FINAL DE TODO, LA MUERTE NO ES MAS QUE OTRA TRANSFORMACION.
Compañero, sugiero que ubique donde cometio el delito para saver a que Oficina Fiscaal lo ponen a la orden!! en la FGR, ya puede msotrarse parte y verificar las diligencias de investigacion!!! con ello ya usted al termianr el termino adminitrativo ya tendra una buena estrategia de defensa
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.