EL CASO ES EL SIGUIENTE DESDE EL 98 EXISTE UN DECRETO QUE MANIFIESTA QUE SE DEBE DESCONTAR EL 30% DE LOS BONOS, INDEMNIZACIONES Y OTROS INGRESOS A LAS PERSONAS QUE TENGAM CUOTA ALIMENTEICIA, SE DA EL CASO QUE A LOS MIEMBROS DE LA PNC DESDE HCE MUCHOS AÑOS ATRAS LES ASIGNA UNA CANTIDAD PARA ALIMENTACION, Y ES HASTA HACE DOS MESES QUE POR ORDEN DEL DIRECTOR GNERAL LES DECUENTAN EL ESE PORCENTAJE CADA MES. APARTE DEL QUE YA LES DESCUENTAN POR OREDEN DEL JUEZ O LA PGR, ARGUMENTANDO QUE ES UN BONO EXTRA Y QUE POR ESO LA LEY LEY OBLIGA A ESE DESCUENTO,
LA PREGUTNA ES ADONDE DEBO DE RECURRIR, PUEDO PRESENTAR UN ESCRITO AL MISMO DIRECTOR PARA QUE SECE TAL DESCUENTO.
ESPERO SUS COMENTARIOS.
En el ISSS, existe una situaciòn parecida con relaciòn a las horas extras.-
Conozco a algunos empleados que han recurrido al Sindicato, y ahì han hecho una interpretaciòn "administrativa" y no les descuentan ese 30% de las horas extras.
Pero en el caso de los $100.ºº que reciben como ayuda alimenticia, si esta contemplado como "bonificaciòn" no se puede hacer nada; porque el decreto es claro en su aplicaciòn; y si los pagadores no hacen efectiva esa retenciòn incurren en delito...
Aqui el decreto:
art. 1 Todas las personas que conforme a la normativa vigente estén obligadas al pago de pensiones alimenticias, ya sea que efectúen el pago de las mismas por orden de retención, por depósito personal, o por entrega personal y que reciban indemnizaciones laborales, bonificaciones, fondos de retiros, pensiones adicionales, incentivos laborales y cualquier otra gratificación o prestación laboral, deberán hacer efectiva a los beneficiarios de las mismas, una cuota adicional a las que están obligadas, equivalente al 30% del monto recibido, en cualquiera de los conceptos antes relacionados. (1)
Contenido en el decreto legislativo (reformado) nùmero 503 de fecha 09 de diciembre de 1998
Reformas: (1) D.L. No. 168, del 19 de octubre de 2000, publicado en el D.O. No. 229, Tomo 349, del 6 de diciembre de 2000
COLEGA NO SE PUEDE HACER NADA DEL BONO QUE RECIBEN LOS DE LA PNC SE LES DESCUENTAN Y PUNTO A MENOS QUE SE COMPRUEBE QUE EL BENEFICIARIO YA ES MAYOR DE EDAD Y SE ENCUENTRE TRABAJANDO O SE ENCUENTRE ACOMPAÑADO
creo que el error es llamarle bono a esa cantidad de dinero para la alimentacion de los policias que siempre han tenido, ya que el decereto existe desde 1998 y nunca les habian aplicado ese decereto,
lo raro es que tienen 3 meses de estarlo aplicando y no ha llegado a los alimentarios
para mi hay una evidente violacion al derecho de audiencia y defensa, si seria procedente inerponer un amparo
Coincido con el colega Franco;el error es en la denominacion;al contrario deberian decretar que fuese inembargable;pues que tras mal pagados , malcomidos.Que ganas les van a dar de hacer bien su trabajo,