Hola amigos, necesito saber que procede cuando una persona siguió un juicio ejecutivo en 1974 y embargaron a mi cliente pero nunca se llevó a subasta el inmueble y al parecer el señor ya no le dio impulso al proceso y a la fecha ha quedado paralizado todo.
Mi cliente quiere que le quiten el embargo. Verdad que ya caducó la instancia ( mucho mas de 6 meses) y prescribió la acción?? Pero como lo debo solicitar? que debo pedir en el escrito?? debo pedir ambas cosas o como es la vaina ahí?? gracias por sus comentarios.
COLEGA, CONSIDERO QUE HA DADO MUY POCA INFORMACION AL RESPECTO... HABRIA QUE VER SI EL PROCESO LLEGÓ HASTA SENTENCIA... EN CASO DE NO HABER LLEGADO A SENTENCIA Y NO HABERSELE DADO EL IMPULSO PROCESAL RESPECTIVO, VALIDAMENTE PODRIA SOLICITARSE UNA CADUCIDAD DE LA INSTANCIA (ART. 471-A), PERO SI EL PROCESO LLEGO A SENTENCIA AHI YA NO OPERA DICHA FIGURA DE CONFORMIDAD A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 471-E DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEROGADO (PERO VIGENTE PARA EL CASO EN PARTICULAR)