Colegas esperando q se ecuentren bien en este fin de año..
Les tengo una pregunta....
Es posible que prospere una solicitud de ejecución provisional de la sentencia cuando quien la pida es la parte demandada por haber sido beneficiada por una sentencia desestimativa contra la parte demandante...
es decir que se pide ejecución provisional cuando la sentencia es estimativa para la parte demandada y no es una condena, sino que mas bien una absolucion... Agregado a esto que la parte demandante (quien perdio)interpuso recurso contra la sentencia...
esto en referencia a lo preescrito en el articulo 592 CPCM que establece:
Podrán ser ejecutadas provisionalmente, en tanto se sustancian los recursos interpuestos contra ellas, todas las sentencias de condena dictadas por tribunales de la República en los procesos civiles y mercantiles, salvo las que impongan realizar una declaración de voluntad.
Buena precisión colega Herberth, de acuerdo. Aquí no hay condena ni una sentencia favorable a la parte demanda, simplemente se han desestimado las pretensiones del demandante.