NUMERO _______.- LIBRO ______.- PODER GENERAL JUDICIAL CON CLAUSULA ESPECIAL.- En la ciudad de San Salvador, a las diecisiete horas y treinta minutos del día veintiséis de julio del año dos mil diez. Ante Mi, __________, notario de este domicilio comparece el señor ______, quien es de cuarenta y ocho años de edad, empresario, del domicilio de Antiguo Cuscatlán, departamento de La Libertad, a quien hoy conozco e identifico por medio de su Documento Único de Identidad número ______, con Numero de Identificación Tributaria ________; y ME DICE: Que confiere PODER GENERAL JUDICIAL, amplio y bastante en cuanto a derecho corresponde, a favor de los Licenciados ________, ambos mayores de edad, la primera del domicilio de San Salvador, con Documento Único de Identidad número _______, y carné de Abogado número ________, y el segundo del domicilio de Antiguo Cuscatlán, con Documento Único de Identidad número _______; para que en nombre y representación del otorgante puedan iniciar, seguir y fenecer, por todas las instancias y tramites de derecho, toda clase de juicios, procesos y diligencias, gestiones judiciales o extrajudiciales en que tuviera interés el otorgante, sean de índole Civil, Penal, Mercantil, Laboral, Municipal, de Transito, de Inquilinato, de Familia, de los orden Administrativo, Contencioso Administrativo, constitucional o de cualquier otra naturaleza aunque no se nomine aquí, ya sea como actor o demandado, para que acusen o denuncien a toda persona que cometa delito o falta en la persona o bienes del otorgante, y lo defiendan de cualquier imputación que se le haga; facultando a sus apoderados para realizar válidamente en nombre del poderdante todos los actos comprendidos en la tramitación del proceso, con sus instancias y recursos, desde los actos preliminares hasta la ejecución, y para acudir al tribunal correspondiente a las audiencias que conforme a la ley se requieran; para que interpongan toda clase de recursos ordinarios o extraordinarios a que hubiere lugar, inclusive el de casación, desistan de los mismos e intervengan en todas las instancias de derecho, y para que lo representen ante toda oficina pública o privada, autoridad, dependencia o Tribunal de la República; facultando especialmente a sus apoderados para que inicien o comparezcan a contestar cualquier clase de conciliaciones, sean civiles, de familia, laborales, de transito o inquilinato, o de cualquier otro tipo, aunque no se nomine aquí, para aceptar y repudiar herencias, conciliar, admitir hechos, interponer y desistir pretensiones, actos procesales, recursos, incidentes, excepciones u oposiciones.- CLÁUSULA ESPECIAL: Especialmente, para el mejor desempeño de su cometido, les confiere a expresamente a sus apoderados aquí nombrados las facultades generales del mandato y las especiales que enumera el Articulo Sesenta y Nueve del Código Procesal Civil y Mercantil, consistentes en la renuncia, la transacción, el desistimiento, recibir emplazamientos y las actuaciones que comporten la finalización anticipada del proceso; Asimismo faculta a sus apoderados para sustituir o delegar las facultades aquí concedidas, en la persona que ellos consideren, teniendo los sustitutos o delegados las mismas facultades que a sus Apoderados se les confiere, facultades todas de las que me cerciore que el otorgante conoce, comprende y por ello concede, por explicación que de cada una de ellas le di.- Así se expresó el compareciente, a quien expliqué los efectos legales del presente instrumento y leído que se lo hube íntegramente todo lo escrito sin interrupción, ratifica su contenido y firmamos.- DOY FE.-