Tomar en cuenta cantidad que se pretende recuperar por medio del Ejcutivo... Honorarios a cancelar al ejecutor de embargo... Si existe la posibilidad de hacer liquidaciones parciales (es decir si se embargan salarios)...
Tomar en cuenta las relaciones de amistad o parentezco que se tenga con un cliente...
El conocimiento que tenemos de la tramitaciòn del caso... El conocimiento que tenemos del tribunal donde se tramitara el proceso...
Por ejemplo en los bancos los recuperadores judiciales cobran un porcentaje por demanda admitida y una cantidad adicional (porcentaje) cuando se recupere el total de lo que se adeuda...
Algunos manejamos por porcentajes, es decir del 30 % sobre el capital, es decir son DIEZ MIL DOLARES, ESTAMOS ABLNADO DE $ 3,000 soloa parta ti, y de ahi tu puedes pagar al Ejecutor de embargo.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.
Como ya lo han dicho los colegas, toma en cuenta estos factores podrias establecer el honorario en base a porcentajes 30% sobre dicho porcentaje la mitad al admitirse la demanda y el resto podrias solicitarlo una vez exista sentencia ejecutoriada, te recomiendo y dependiendo de la cuantia tambien que tengas a la mano un formato de contrato de prestación de servicios profesionales, para que puedas tener tu mayor garantia en el pago de tus honorarios claro tu evaluaras dependiendo de cuanto sea la cuantia por el que iniciarias y seguiras con todo el proceso.