Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron una nueva disposición contemplada en el Código Penal, con la cual incrementan la pena de cárcel de 3 a 5 años para la persona que dispare contra un policía o militar en ejercicio de su labor.
La reforma aprobada es en el artículo 147-A, del Código Penal, al que se le agrega un inciso que reza “Si el disparo se ejecuta contra un miembro de la Policía Nacional Civil o de la Fuerza Armada en ejercicio de sus funciones, se impondrá el límite máximo de la pena aumentada hasta en tercera parte”.
Eduardo J. Couture, “El deber del abogado es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres conflicto entre el Derecho y la justicia, lucha por la justicia”.
Me parece excelente ya que la gente que realiza tareas de seguridad debe estar protegida pero no solo con el castigo de quienes atenten contra ellos, tambien deberian de haber muy buenos seguros de vida para que las personas que dependan economicamente de ellos queden protegidos al pazarles algo en el ejercicio de su deber.
El aumento de la pena de disparo agentes de la Pnc o Militar, no me parece correcta, DA LA IMPRESION de imponer temor ó miedo ;seria mejor proponer o dar mejores erramientas en la investigacion del crimen organizado u organizaciones heterogeas de pandillas, crear berdaderas fuentes de trabajos; SOLUCIONAR PROBLEMAS REALES....llegar al epicentro del crimen ... ESO SERIA LO MEJOR.... Trabajar con la verdad en este pais y no sangrarlo economicamente y al final los efectados somos la clase trabajadora....con salarios de mendigo...
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.