Buenas tardes, con unos compañeros estamos realizando una investigación y nos quedaba la duda:
¿Es legal la creación de una CICIES?
Porque según hemos leído, hay varios artículos de la constitución donde se habla de la soberanía del Estado y que las funciones jurídicas corresponden a instituciones, así que una entidad internacional se limitaría a investigar o capacitar jueces y fiscales ¿o no? ¿Hasta dónde llegaría el campo de acción de una CICIES con base en las leyes y la constitución?
De antemano muchas gracias!
Dramos2001 escribió: Buenas tardes, con unos compañeros estamos realizando una investigación y nos quedaba la duda:
¿Es legal la creación de una CICIES?
Porque según hemos leído, hay varios artículos de la constitución donde se habla de la soberanía del Estado y que las funciones jurídicas corresponden a instituciones, así que una entidad internacional se limitaría a investigar o capacitar jueces y fiscales ¿o no? ¿Hasta dónde llegaría el campo de acción de una CICIES con base en las leyes y la constitución?
De antemano muchas gracias!
Le aporto un breve insumo, lea la Sentencia 5-2001, del 31 de diciembre de 2010, donde la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia resolvió que el artículo 193 de la Constitución de la República no establece el ejercicio de la acción penal como un monopolio ni competencia exclusiva de la Fiscalía General de la República, lo que implicaría un desconocimiento o anulación del derecho de acceso a la justicia de las víctimas de delitos. Esto abre las puertas a una petición formal del Órgano Ejecutivo al Departamento de Asuntos Políticos de las Naciones Unidas para que se pueda negociar y firmar un acuerdo de creación de una CICIES.