Buenas estimados, brindenme su ayuda en este ambito grande sobre el tema del estupro, si la denuncia la ponen cuando la victima ya ha cumplido sus 18 años, ¿aun existe la pena de carcel por haber tenido relaciones sexuales cuando era menor? pero lo denuncian cuando ya es mayor de edad la victima.-
Estimado colega espero que esta respuesta le pueda ayudar. Hay que empezar diciendo que la información que se puede derivar de su duda es muy escueta. Pero le puedo decir que la denuncia del estupro aunque que hecha por la victima siendo mayor de edad, tiene plena validez , por que recuerde que si existe sospechas que se dio un hecho delictivo la FGR, la Policía y cualquier autoridad judicial, puede iniciar el proceso de investigación solo con la noticia intercriminis. Solo no tendría valor la noticia intercriminis si la acción penal ha prescrito como lo establece el articulo 32, 33, 34, 35, 36 y 37 del Código Procesal Penal
Sobre la posible condena hay que determinar si hubo engano o existía una relación en la que se abuso de superioridad (un tío, un hermano, un profesor, etc). y hay que verificar la edad de la victima porque si era menor de quince podría caer el delito en violación en menor e incapaz.
muchas gracias estimado, si en ese ambito era el pesar de mi duda, se supone que al tener 18 años ya es mayor de edad por tanto crei que no tenia validez la demanda por asi mencionarla, quiere decir que aun habiendo cumpliendo la mayoria de edad sigue vigente esa pena?
mi duda ahora es, y si existen pruebas que denoten que el acto sexual se dio por consentimiento y nunca por obligacion, pero ya la victima tiene 18 años cuando esta hace la denuncia ¿siempre perjudicaria al que fuese mayor de edad en ese momento?
Veo que hay dos preguntas colegas.
1) Se sancionara el hecho delictivo que ocurrió en un momento de tiempo determinado. En este caso si la persona mayor de edad tubo relaciones sexuales con una menor de dieciocho pero mayor de quince. Recuerde que se sanciona el hecho que ocurrió en un tiempo determinado, no importa que la victima ahora tenga dieciocho o mas edad, si no que cuando se dio el acceso carnal era menor de dieciocho. La acción penal aun esta vigente para ser ejercida por la victima a través de la fiscalia.
2) El estupro se basa en que una persona mayor de edad tiene relaciones con una menor de edad y mayor de quince. Recuerde que el bien jurídico protegido acá es la libertad sexual de alguien menor de dieciocho pero mayor de quince. Pero en el caso que hubo consentimiento y si tal vez la menor estaba por cumplir la mayoría de edad se podría plantear esto al juez. También si se prueba que hubo consentimiento no se cumple el tipo penal establecido por el articulo. Busque en
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