Tengo una consulta,mi nombre es Rolando Valladares y soy padrastro de una bebe de 3 añitos de edad yo me hice responsable de ella economica, moral y fisicamente en fin la bebe me dice Papa ya que al padre "biologico" no lo conoce.
mi consulta u observacion es la siguiente, mi pareja de vida puso abogado para tener el control parental total justificando abandono total por parte del "padre" se llevo acabo todo el proceso y al final la jueza determino que si hubo abandono pero por la ley lepina la bebe tiene derecho a conocer al padre.
entonces me pregunto es un derecho o una obligacion?? por que si es un derecho tiene que tener la niña edad suficiente para poder decidir si quiere o no conocerlo, pienso yo verdad.
ya que hoy lo que se va a hacer es que psicologicamente la van a obligar a conocerlo y creo que no es correcto por que le causaran un gran daño. como repito la bebe no lo conoce jamas lo ha visto, en tres años el nunca se ha acercado ni la ha buscado por lo tanto como podria yo apelar o que podria hacer para que no le hagan ese daño a la bebe.
en las declaraciones que dimos los testigos del caso, yo mencione y dije que era MI HIJA ya que asi me siento como padre total pero la "procuradora" dijo que yo estaba teniendo el control sobre la menor y que quizas no dejaba yo que el padre biologico la viera cosa que no es asi y se demostro en el juicio.
podria alguien ayudarme o asesorarme si en realidad eso es o hay algo que se puede hacer.
En principio LEY LEPINA, es una redundancia por que LEPINA es LEY DE PROTECCION INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA... Entonces si dice LEY LEPINA, esta diciendo LEY LEY...
Aclarado el asunto... voy a la respuesta...
Cuando se decreta la perdida de autoridad parental, el padre "sancionado" con dicha declaratoria solo le subsiste la obligación de aportar alimentos... porque los derechos derivados del ejercicio de la autoridad parental se han perdido y no se pueden recuperar.
Ahora el derecho de los niños y niñas a conocer y ser reconocidos por su padre y madre biológico, es otra situación; porque existe la posibilidad que la niña cuando tenga su mayoría de edad, quiera conocer a su padre y ese derecho es de ella... Actualmente como esta redactada la legislación de familia, es poco probable pero se puede hacer...
Le voy a poner un ejemplo claro: SI la niña no tuviera tres años, sino que 17... y en un año ella quisiera conocer a su padre biológico y que este la reconociera como tal... Un juez de familia deberá valorar cual es el derecho a tutelar (proteger). Si le subsiste la sanción al padre y deja vigente la perdida de la autoridad parental; o protege el derecho de la niña a ser reconocida por su padre biológico...
Si a la niña nunca se le dice que su padre biológico, no asumió durante los primeros 3 años de su vida el rol de padre... Nunca querrá averiguar algo de lo cual no tiene idea... Pero si se le cuenta la verdad, cuando ella sea mayor de edad, podrá tomar su propia decisión.
Ningún tribunal de familia puede obligar a un hijo a "querer" a un padre o madre que no supo ejercer de forma adecuada su rol... Pero si existen formas, métodos, mecanismos que se utilizan para que precisamente no se afecte la psiquis de las personas que son sometidas a los procesos de familia.
Entonces le sugiero que por el momento este tranquilo... Ningún tribunal de familia, los llamará para obligar a la bebé a conocer a su padre biológico, porque ya ha sido decretada la perdida de la autoridad parental... Pero como le indique antes NADIE puede impedir que la niña tome una decisión y ejerza sus derechos cuando alcance la mayoría de edad.
Incluso si ustedes le ocultaran la verdad... El padre biológico puede aparecer y contarle a la niña... Y será decisión de ella, si quiere ser reconocida por el padre...
Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: MARTH SANMER, Karlablanco19