ALGUNO DE USTEDES HA LLEVADO DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, CUANDO UNO DE LOS CONYUGES ESTA FUERA DEL PAIS, PARA LA AUDIENCIA, VASTARA CON LA PRESENCIA DEL ABOGADO?.
Si en el poder que se otorgo existe la facultad de representar en audiencia y ratificar y/o modificar el convenio si fuera procedente...
Si se presenta el movimiento migratorio que establezca que el poderdante no se encuentra en el paìs...
Si el Juez no es muy cuadrado...
Porque yo, he hecho varias donde incluso los cònyuges encontràndose en el paìs, simplemente no quieren ir a la audiencia... Pero teniendo la facultad de actuar en su nombre y representaciòn, no hay problema...
Hay tribunales como el de Santa Tecla, que la jueza exige que ambos cònyuges ratifiquen el convenio en audiencia, y solo si estos se encuentran fuera del paìs y se presenta el movimiento migratorio realiza la audiencia, si no suspende la diligencia... y si no llegan a la segunda pues declara no ha lugar... Lo mismo hace si los menores (mayores de ocho años) no comparecen a la audiencia...
En el segundo de familia de san salvador la juez exige la presencia de ambas partes para que ratifiquen el convenio, pero sobre todo cuando hay menores apoyándose en el interés superior del menor.
ojo que el poder tine que estar bien redactado para que el convenio sea valido. le sugiero que le envie usted el modelo de poder de como lo necesita usted por si va aun consulado su cliente.
todo esta en el poder, si en el mismo hacen relación que esta facultado y se especifica todo solo para ese tipo de proceso no hay necesidad que las partes esten en el proceso