Un gusto saludarles
Tengo dos preguntas y sus aportes me servirán de mucho, en el caso de las sociedades ¿Cuál es la incidencia que tendrán los acuerdos que pacten en la escritura de constitución?
En el caso de la administración de la entidad ¿Cuáles son los esquemas a los que se pueden optar y que ventaja o desventaja tendrá cada uno respectivamente?
Última Edición: 28 Ago 2020 09:36 por Contador23. Razón: mala editado
con respecto a su primera pregunta sobre la incidencia de los acuerdos que se tomen en la escritura de constitucion de una sociedad: R/ los acuerdos que se tomen en la escritura de constitución son la columna vertebral sobre la cual se regirá la institución es decir son sus estatutos y sobre ellos versará toda la actividad tanto económica como de administratación de la sociedad ya que en ella se plantean elementos como el giro de la sociedad, su forma de gobierno, sus administradores, la forma en la que está repartido su capital, etc. es decir es el elemento esencial de la misma y para la realización de alguna modificacion lleva pasos específicos para cambiarlos.
en relacion a su segunda consulta que entiendo se refiere a la forma de gobierno de la misma es decir: a través de un director presidente, una junta directiva u otra forma que la sociedad destine esto depende única y exclusivamente a la forma en la que los socios deciden como se organizarán, en el caso de que haya un director presidente y su tiempo en funciones digamos que es una forma más agil de organizarse ya que este normalmente es el represente legal y es casi siempre el socio que ha puesto mas capital o tiene mas conocimiento de como funciona el negocio y por eso concentran la administración en una sola persona, este puede ser el caso cuando solo hay dos socios uno es el presidente y otro vice presidente; en el caso que se decida por una junta directiva puede ser relacionado a que existan más de dos socios y todos deseen formar parte de los organos de gobierno de la sociedad, Presidente, Vice Presidente, Secretario, etc. como puede ver eso depende de cada uno de los socios ya que igual si existe varios socios pero igual desean concentrarse en la figura de un director presidente no hay problema es su forma libre y está valida.