Presunción de muerte

23 May 2014 07:35 #1 por lguerra
Presunción de muerte Publicado por lguerra
Necesito su ayuda con respecto al siguiente caso, Don José era un hombre muy trabajador que el día que salio de su trabajo (22 de marzo 2012) a las 4:00 pm para su casa, este nunca llego, desde ese fatidico día para su familia nunca volvieron a saber nada de el, lo han buscado en morges, IML, hospitales, carceles y nada, ademas han colocado afiches con su foto en la calle, avisos en T.V, radio sin tener exito en su busqueda, cansados de buscar este día acuden a un abogado, que se le recomendaria a la familia basandose en el codigo civil de el salvador en su capitulo 3 mas o menos en los articulos 79 que le aconsejarian.??

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23 May 2014 08:13 #2 por NVramirez
Respuesta de NVramirez sobre el tema Presunción de muerte

lguerra escribió: Necesito su ayuda con respecto al siguiente caso, Don José era un hombre muy trabajador que el día que salio de su trabajo (22 de marzo 2012) a las 4:00 pm para su casa, este nunca llego, desde ese fatidico día para su familia nunca volvieron a saber nada de el, lo han buscado en morges, IML, hospitales, carceles y nada, ademas han colocado afiches con su foto en la calle, avisos en T.V, radio sin tener exito en su busqueda, cansados de buscar este día acuden a un abogado, que se le recomendaria a la familia basandose en el codigo civil de el salvador en su capitulo 3 mas o menos en los articulos 79 que le aconsejarian.??


Si pretende ejercer algùn derecho sobre los bienes de Don Josè, lo procedente serìa iniciar Diligencias de Muerte Presunta.

Esta es una colaboraciòn de la forista "aliz":

hola, encontre en este sitio, este modelo, talves te sirva:

ELISEO ASCENCIO, Abogado de cuarenta y cinco años de edad, del domicilio de Mejicanos Departamento de San Salvador, con Tarjeta de Abogado Número cinco mil veinticuatro y Único De Identidad Personal Número cero un millón ciento treinta mil, quinientos treinta y cinco- ocho.-

Actuando en mi calidad de Apoderado General Judicial de la señora JUDITH ESTER RAMIREZ DE ALFARO de cuarenta y Documento ocho años de edad, comerciante, casada, del domicilio de Mejicanos de este Departamento, con Documento Único de Identidad Personal Número: cero un millón trescientos veinte mil trescientos ochenta y tres _siete. Y número de identificación tributaria: cero seis uno cuatro – dos cero cero seis seis dos- uno cero seis-siete. Y de GERMAN ALFREDO ALFARO RAMIREZ de diecinueve años de edad estudiante del domicilio de Mejicanos con Documento Único Numero: cero cuatro tres tres cuatro cinco dos nueve –nueve. Personerías que le pruebo; con las Escrituras Públicas de Poderes Generales Judiciales ,otorgados a favor del Licenciado José Lizandro Díaz Hernández ,ante mis Oficios de Notario y Sustituidos por este a mi favor, lo que pruebo con las Actas de Sustitución de Poderes otorgadas por el Licenciado José Lizandro Díaz Hernández ante sus propios oficios de Notario a mi favor. Documentos que agrego para su incorporación al proceso. A usted con todo Respeto le EXPONGO:

I) Que tal como lo compruebo con la Certificación de Partida de Matrimonio, mi poderdante señora JUDITH ESTER RAMIREZ DE ALFARO, es esposa del señor JOSE ALFREDO ALFARO, quien fue de cuarenta y cinco años de edad, del Domicilio de Mejicanos, Departamento de San Salvador, comerciante, casado., Con Documento Único de Identidad: cero dos millones doscientos setenta y tres mil ciento veinte- tres. Siendo su último domicilio, La Residencial Granada pasaje cinco polígono “f” numero veintiuno “A” San Ramón Mejicanos. Habiendo procreado a Germán Alfredo, también mi mandante, Andrés Jeremías y Stephanie Judith ,los tres de apellido Alfaro Ramírez ,Menores de edad y Representados por su madre la señora Ramírez de Alfaro, Los dos últimos.

II) Es el CASO: Que el antes referido esposo de mi mandante, desapareció al ser arrastrado por una corriente Marina mar a fuera; en el Balneario El Balsamar, Departamento de la Libertad .El hecho ocurrió el día catorce de Agosto del año dos mil cinco, es decir desde hace ya más de cuatro años, ignorándose su paradero desde esa fecha, habiéndose realizado, las diligencias necesarias para averiguarlo, se hicieron llamados por prensa, Radio y televisión, localización de Cadáveres en Playas, búsqueda intensiva por las Playas y mar Afuera, donde se involucro la Fuerza naval y Policía Nacional Civil, con las que se hicieron operaciones de búsqueda y Rescate, habiendo sido infructuoso todos los esfuerzos ,;todo lo que se hizo fue en vano, habiendo transcurrido más de cuatro años desde que se Tuvieron noticias de él y de su existencia.-Y no teniendo el señor José Alfredo Alfaro quien lo represente ,es menester nombrarle un DEFENSOR ESPECIAL para que lo Represente en la presentes Diligencias.

III) Por las razones expuestas y de conformidad al artículo 80 ordinal primero y segundo del código Civil; Procede se declare la Muerte Presunta del desaparecido señor: José Alfredo Alfaro.

IV) Por lo anterior le PIDO:

UNO) Me admita la presente Solicitud de Presunción de Muerte art. 80 ordinal primero del Código Civil.

DOS) Me tenga por parte en el carácter en que comparezco.

TRES) Se cite al señor José Alfredo Alfaro, el cual se encuentra desaparecido. Con base en el articulo 80 ordinal segundo del código Civil.

CUATRO) MEDIANTE: LA PRUEBA TESTIMONIAL de los señores: GERARDO ALFARO Quien es de sesenta y cuatro años de edad hermano del desaparecido , empleado del domicilio de San Salvador con documento único numero: cero cero cero ocho nueve ocho cero tres – nueve. Y de GERMAN ALFREDO ALFARO RAMIREZ de diecinueve años de edad estudiante del domicilio de Mejicanos con Documento Único Numero: cero cuatro tres tres cuatro cinco dos nueve –nueve. TESTIGOS QUE ESTUVIERON EN EL LUGAR EL DIA Y HORA DEL ECHO .

CINCO) Y LA PRUEBA DOCUMENTAL: Especialmente informes de búsqueda de la Naval de la Fuerza Armada De El Salvador que aporto. Es menester Se declaré la Muerte Presunta del señor José Alfredo Alfaro .Los documentos en lo esencial son:a) CERTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE José Alfredo Alfaro, quien fuera de cuarenta y cinco años de edad, del Domicilio de Mejicanos Departamento de San Salvador, casado, Comerciante, Con Documento Único de Identidad Personal Numero cero dos dos siete tres uno dos cero- tres.- Nació el día once de octubre del año mil novecientos sesenta y uno. En el Barrio el Calvario de Santa Rosa de Lima Departamento de La Unión, hijo de María Esperanza Alfaro.- Padre Desconocido.- fue un comerciante.- b) Informe del Señor Gerardo Alfaro, Gerente del Balneario El Balsamar. Que dice que “El día catorce de Agosto del año dos mil cinco faltando doce minutos para las cinco ,una corriente marina arrastro mar afuera al señor José Alfredo Alfaro y sus hijos, los guarda vidas lograron poner a salvo a los hijos no así al señor José Alfredo Alfaro debido a que desapareció arrastrado por la corriente.- Fue buscado por todo el Litoral Salvadoreño sin resultados, no se le encontró ni vivo ni muerto; Documento de versión del señor Gerardo Alfaro de fecha treinta de septiembre del año dos mil cinco.- Aparece un sello Ovalado el cual en la parte superior se lee “Circulo Deportivo Internacional”; abajo “Gerencia Balsamar” El Salvador Centro América” dos estrellas de cinco puntas una a cada lado, al centro una letra “C” una “D” y una “I” formando un Logo. Y la firma del Gerente señor Gerardo Alfaro “.c) Así mismo existen recortes de Periódicos Diario de Hoy del veintisiete de Agosto del año dos mil cinco, Prensa Grafica del veintiséis de Agosto del año dos mil cinco y otro donde se muestra la fotografía del señor José Alfredo Alfaro ,donde la familia esta haciendo llamados a la población de la Playa el Balsamar a que colaboren con la búsqueda del referido desaparecido.- d) Informe y bitácoras de búsqueda del Jefe de la Fuerza Naval de El Salvador Marco Antonio Palacios Luna Capitán de Navío DÉM Jefe Del Estado Mayor de la Fuerza Naval donde hace constar que el señor José Alfredo Alfaro fue arrastrado por una corriente marina el día catorce de Agosto del año dos mil cinco; en Playa El Balsamar Jurisdicción de La libertad. El patrullero marítimo (PM-11), realizó operación de búsqueda y recate del señor antes mencionado en los periodos siguientes: 1- 204016AGO005, PM-11 Zarpó de muelle CEPA, ACAJUTLA, en demanda de Playa BALSAMAR J/ LA LIBERTAD, a fin de efectuar búsqueda y rescate del señor JOSÉ ALFREDO ALFARO, En cumplimiento a mensaje N° 3960 C - |||-D/16AGO005, atracó a las 181017AGO0054, sin novedad. 2- 1750/204021AGO005, PM-11 trasportó a la señora JUDITH RAMÍREZ DE ALFARO acompañada de dos (2) familiares más, en área general de playa BALSAMAR J/ LA LIBERTAD, a fin de efectuar búsqueda y rescate del señor JOSÉ ALFREDO ALFARO, sin novedad. 3- 120028AGO005, PM11 Zarpó de muelle de CEPA, ACAJUTLA, en demanda a AG de Playa MIZATA, transportando a la señora Judith Ramírez de Alfaro y cuatro (4) familiares más, a fin de continuar búsqueda de cadáver del señor JOSE ALFREDO ALFARO, familiar de mencionadas personas, en cumplimiento a su mensaje N° 3960 C-|||-D/16AGO005, atracó a las 1800 horas, del mismo día sin haber encontrado dicho cadáver. Así mismo, se hace del conocimiento que nuestra unidades navales, mantienen vigente la Búsqueda y Rescate del mencionado Cadáver en los patrullajes rutinarios que se realizan. Y a solicitud de quien interesa, para ser presentada en la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPUBLICA, Se le extiende el presente informe en la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Naval, a los once días del mes de Septiembre del año dos mil cinco. Aparece un sello redondo en la parte superior dice: Fuerza Armada de El Salvador. Fuerza Naval, abajo jefatura en su interior un Escudo que se lee diecisiete de octubre de mil novecientos treinta y siete Patria Libertad y valor un Dibujo de unas olas y un Ancla Zarpada.- luego la firma del jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Naval, Capitán Marco Antonio Palacios Luna.

CINCO)CERTIFICACION DE PARTIDA DE MATRIMONIO De Los Señores José Alfredo Alfaro y Judith Ester Ramírez de Alfaro. F) CERTIFICACIONES DE PARTIDAS DE NACIMIENTO DE :Judith Ester Ramírez de Alfaro y las de sus hijos: La de Germán Alfredo ,la de Andrés Jeremías y la de Stephanie Judith.

DOCUMENTOS QUE PRESENTO PARA SU LEGAL AGREGACION EN LAS DILIGENCIAS. SOLICITANDOLE, Se le conceda a mi patrocinada y sus hijos la Posesión Provisional de los bienes del desaparecido José Alfredo Alfaro conforme al ordinal quinto del art. 80 del Código Civil y art. 802 Procesal Civil.

No omito manifestarle que no me encuentro inhabilitado conforme al art. 99 Pr C. Para el ejercicio de la procuración.

PARA CITAR A LOS TESTIGOS SEÑALO LA RESIDENCIAL GRANADA PASAJE CINCO POLIGONO” F” Nº VEINTIUNO “A” SAN RAMON, MEJICANOS , DEPARTAMENTO DE SAN SALVADOR

Señalo para oir Notificaciones: Mi oficina ubicada en Bulevard Constitución y Calle Barcelona Casa Número diecinueve Colonia Boquín San Ramón, Mejicanos; teléfonos 22849445 y telefax 22741143 o al Email : eliseo _ ascencio @ yahoo .com .mx. San Salvador a los Quince días del mes de Abril del año dos mil diez.

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23 May 2014 09:16 #3 por lguerra
Respuesta de lguerra sobre el tema Presunción de muerte
Gracias por su aporte compañera, el detalle es que Don José aun no a cumplido con los 4 años de desaparecido que el codigo civil estipula para declararle la presuncion de muerte.tiene 2 años asta esta fecha y la familia no encuentra que hacer ya en cuestiones legales .

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23 May 2014 11:13 #4 por liorellana79
Respuesta de liorellana79 sobre el tema Presunción de muerte
Pues lo único que se me ocurre es nombrar un curador de bienes. Artículos 473 al 490 del código civil.

El Señor es mi pastor; nada me faltará.

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27 May 2014 10:35 #5 por Lic. Miguel Solís
Respuesta de Lic. Miguel Solís sobre el tema Presunción de muerte
Estimado lguerra:

Definitivamente, al no contar con la configuración de lo dispuesto en el art. 80 CC, lo que tiene que hacer es solicitar ante el Juez de lo Civil que conceda POSESIÓN PROVISORIA al o los herederos, exista o no testamento. Refiérase a los arts. 81 y ss del mismo CC.

Saludos.

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27 May 2014 10:46 #6 por lguerra
Respuesta de lguerra sobre el tema Presunción de muerte
Muchas gracias por su aporte Lic. Solis

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