Espero te sirva!
NUMERO DOS. En la ciudad de San Salvador, a las diecinueve horas con cuarenta minutos del día doce de octubre del año dos mil once. ANTE MI, ERIKA DENISSE GUZMAN Notario, de este domicilio, comparece la señora DAMARIS EMPERATRIZ AYALA, de veintiún años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, persona a quien no conozco pero identifico por medio de su Documento Único de Identidad número: cero cuatro dos uno cuatro dos siete cuatro-uno, y con Número de Identificación Tributaria: cero cuatro dos siete-uno seis cero uno nueve cero-uno cero uno-uno; y ME DICE: I) Que según Matrícula número M CERO DOS CERO CUATRO UNO OCHO SIETE SEIS, Asiento número CERO DOS TRES CUATRO del Registro Social de Inmuebles de San Salvador, es dueña y actual poseedora de un terreno de naturaleza urbana, sin construcciones, ubicado en la Comunidad Candelaria, Jurisdicción de San Salvador, Departamento de San Salvador, marcado como lote número CINCO, Block “C”, el cual mide y linda: AL NORTE: cinco punto ochenta y cinco metros, AL ORIENTE: diez punto noventa y tres metros; AL SUR: cuatro punto treinta y cinco metros; AL PONIENTE: nueve punto setenta y cinco metros, el inmueble así descrito tiene una extensión superficial de CINCUENTA Y OCHO PUNTO DIECIOCHO METROS CUADRADOS. Todos los lotes colindantes, al igual que el inmueble objeto de este contrato, pertenecen a la comunidad relacionada, los cuales son o han sido propiedad del Fondo. II) Que por el precio de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESIENTOS QUINCE CON UN CENTAVO DE DOLAR de los Estados Unidos de América, cantidad que tienen recibidas sus entera satisfacción de la señora KARLA MARCELA SORTO le venden a este, el lote anteriormente descrito, con pacto de retroventa, es decir reservándose el derecho de comprárselo nuevamente dentro de SEIS MESES, contados a partir de esta fecha, y renunciando al término que establece el artículo mil seiscientos ochenta y tres del Código Civil, y por el precio de DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESIENTOS QUINCE CON UN CENTAVO DE DOLAR de los Estados Unidos de América, más el interés del cinco por ciento mensual sobre capitaltanto la respectiva tradición del dominio, posesión, uso, goce y demás derechos que sobre el mismo le corresponde; se lo entrega materialmente por medio de esta escritura. III) Presente desde el inicio de este instrumento la señora KARLA MARCELA SORTO de veintiún años de edad, estudiante, del domicilio de San Salvador, persona a quien no conozco pero identifico me por medio de su Documento Único de Identidad número: cero cuatro seis seis nueve cuatro siete ocho -cero, y con Número de Identificación Tributaria cero seis cero ocho-dos cinco cero ocho nueve uno- uno cero uno-cinco y ME DICE: Que así con el pacto de retroventa acepta la venta y tradición, así como el dominio, posesión y demás derechos que en virtud de este instrumento se le transfiere, recibiendo el lote antes descrito a su entera satisfacción. IV) FORMA DE PAGO: La vendedora se compromete a pagar el precio de la retroventa por medio de veinticuatro cuotas mensuales, iguales y sucesivas de DIEZ MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON SETENTA Y NUEVE CENTAVOS DE DOLAR, moneda de los Estados Unidos de América, cada una, que comprenden capital e intereses. V) CLAUSULA PENAL. En caso de mora en el pago de las cuotas antes estipuladas, el interés tendrá un incremento de cinco por ciento mensual, sobre el adeudo. Se tendrá por vencido el plazo de esta obligación por mora en el pago de dos cuotas de intereses y capital en la forma convenida. VI) Los otorgantes me manifiestan, que para los efectos legales del presente instrumento, señalan como domicilio especial el de esta Ciudad, a cuyos tribunales se someten expresamente. Así se expresaron los comparecientes a quienes expliqué los efectos legales de este instrumento, y leído que se los hube íntegramente en un solo acto, sin interrupción, ratifican el contenido y firmamos.- DOY FE.-.