en una ejecución forzosa, ya se nombro perito, y se juramento, es de oficio que debo esperar el día y hora para la realización del valuó o tengo que pedirlo, y la audiencia para la liquidación a que se refiere el art 647 CPCM, se podrá solicitar ali la adjudicación del inmueble o necesariamente se tiene que llevar a publica subas, por favor alguien me lo puede explicar.
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: consulta
- CON RESPECTO AL VALUO EL TRIBUNAL TE CONVOCARA PARA ESA DILIGENCIA.... Y LA ADJUDICACION DE PAGO DEL INMUEBLE NO TE CORRESPONDE A TI...SI NO EL Q ENTABLO LA DEMANDA, TIENE QUE PEDIRLA...ANTE DE LA PUBLICA SUBASTA.
El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.