muy bien xoxo, sigamos adelante dando tan buenos aportes.-
bendiciones,.-
En nombre de Dios y en nombre de este sufrido pueblo, cuyos lamentos suben hasta el cielo cada día más tumultuosos, les suplico, les ruego, les ordeno en nombre de Dios: Cese la represión. (Mons. Romero)
Sobre este tema es muy importante porque es el pan diario en nuestro país, es muy bueno saber hasta donde llega el limite del acreedor para que los ejecutores de embargo no le violentes sus derechos al momento de la traba del embargo,pero tambien seria necesario seguir una inconstitucionalidad sobre ciertos artículos del código procesal civil y mercantil ya que vulnera ciertos derechos de los acreedores. como por ejemplo el porcentaje del embargo, asi como cuando se traba embargo sobre empresas y tenes quepagar el derecho de registro al equivalente al capital social y si el acreedor no tiene el dinero? ya que con el código derogado quedaba en desuso el artículo de la ley de reglamneto del registro de comercio.
Tampoco veo ningún link de descarga, seguro lo borraron. Ojala lo suba XOXO nuevamente.
“Eres lo que eres y estas donde estas por lo que has puesto en tu mente, puedes cambiar lo que eres, puedes cambiar donde estas cambiando lo que pongas en tu mente”
Zig Ziglar