HOLA A TODOS ESPERO ME AYUDEN PORFAVOR ME SERIA DE MUXCHA AYUDA.
EN QUE MOMENTO PROCESAL PUEDO INTERVENIR COMO QUERELLANTE EN UN TRIBUNAL ESPECIALIDADO? DE ANTEMANO SE LOS AGRADEZCO TODAS SUS RESPUESTAS
En los mismos plazos que el proceso común, solo que deberá interpretarse que, cuando se quiera intervenir en sede de paz, que no hay en la competencia especializada, sera en la Audencia de imposición de medidas. Revisar art. 111 CPP