Acusación

24 Jul 2013 11:40 #1 por Prunella
Acusación Publicado por Prunella
Saludos.

Necesito elaborar como fiscal una acusación sobre un homicidio culposo o por muerte en accidente de transito.

Si pueden hacerme llegar un formato, por favavor estaré muy agradecida.

Gracias

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

26 Jul 2013 17:36 #2 por salvarenga
Respuesta de salvarenga sobre el tema Acusación
Aquí un formato subido al foro, solo debes adecuarlo a tu caso.-

S.ALVARENGA


MINISTERIO PÚBLICO
FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA
EL SALVADOR, C. A.

Ref. 1455-UDV-2008
HONORABLE SEÑOR JUEZ_______ DE PAZ DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR:

_____________________________, Abogado, del domicilio de esta ciudad, actuando en mi calidad de Agente Auxiliar del Señor Fiscal General de la República, de conformidad a las facultades legales que me confieren los Art. 193 numeral 3 y 4 de la Constitución de la República, 83, 235, 247, 248 numeral 1º y 292 y 293 todos del código Procesal Penal, formulo el presente requerimiento solicitando INSTRUCCIÓN FORMAL CON DETENCION PROVISIONAL, en contra del imputado presente _____________________________, a quien se le atribuye la comisión del ilícito penal de HOMICIDIO, previsto y sancionado en el Arts. 128, del C. Pn., cometido en perjuicio de la vida e integridad personal de ______________, y SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO a favor del imputado ____________________________, a quien se le atribuía la comisión del ilícito penal de LESIONES GRAVES Y DAÑOS, en perjuicio de la integridad personal de ______________________ , y del HOSPITAL MILITAR respectivamente de conformidad a los considerandos siguientes:


I. DATOS PERSONALES DEL IMPUTADO

Imputado: ________________________, de profesión empleado de la Fuerza Armada con el cargo de Soldado destacado en el Hospital Militar,
Quien por tener calidad de reo presente fue asistido en su defensa el Lic._________________ quien puede ser notificado en la Agencia de la Procuraduría General de la República esta Ciudad, a la ves se encuentra en calidad de detenido en las bartolinas de Delegación San Salvador, Centro de la Policía Nacional Civil.

II. DATOS GENERALES DE LA VICTIMA

Víctima: _________________________, quien es de treinta y nueve años de edad, residente en Pasaje Dos, Colonia ____________ San Martin, teléfono ____________________________________.
De las otras victimas
Lesiones: ___________________________, quien es empleado, con cargo de soldado, en la Brigada Especial, quien puede ser citado en el Hospital Militar San Salvador.

Daños: Hospital Militar, de la Fuerza Amada de El Salvador, representada por personas naturales, quienes pueden ser citados en la Gerencia General de dicho Nosocomio.

II. RELACION CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS

En el Interior del Hospital Militar, sobre la Avenida Bernal, San Salvador, a las dos horas con cuarenta minutos del día sábado veintinueve de marzo de dos mil ocho, los Agentes ______________________________________, destacados temporalmente en la División Novecientos Once, San Salvador, procedieron a la detención del señor____________________, por el delito de Homicidio en grado de tentativa, en virtud que en momentos que patrullaban el sector de responsabilidad, fueron informados por el operador de turno de cabinas del Sistema Novecientos Once, que en la dirección arriba mencionada, se encontraba una persona lesionada, por lo que al dirigirse a dicho lugar, efectivamente encontraron al señor __________________, quien manifestó ser soldado de la brigada especial de infantería y que ese momento estaba presentado seguridad al hospital cuando el señor _______________, había llegado a dicho hospital a pasar consulta y al momento que le iban a entregar el correspondiente medicamento que le habían recetado, no le encontraron el mismo, en la farmacia, razón por la cual se molestó, discutiendo con la enfermera de nombre ________________, quebrando una puerta de vidrio de la farmacia en la que se encontraban. En vista de ello, se hicieron presentes los miembros de la seguridad en turno de dicho lugar los señores _____________________________, por lo que al notar dicha presencia, el señor ______________________, intentó darse a la fuga, dándose un forcejeo entre ellos, intentando arrebatarle el arma a ___________, por lo que el señor _______ ahora ofendido, le dio un golpe en el rostro al señor ____________ y causándole una lesión en el tabique nasal, al verse impotentes por la fuerza del señor antes mencionado, el señor ______________, le efectuó un disparo con el arma de fuego la cual es de equipo siendo esta de las siguientes características: Marca MP5, calibre nueve milímetros O CINCO cincuenta y seis, serie numero ocho dos siete nueve cuatro cero, propiedad de la FUERZA ARMADA DE EL SALVADOR, dándole en la parte de atrás de la cabeza al señor _____, quedando ingresado por tal razón en la sala de emergencias del Hospital Militar, en la Unidad de Cuidados Intensivos, camilla número uno, bajo custodia del Agente ______________, pues el informativo policial fue iniciado por lo que se procedió a la detención del señor _______________________, haciéndole del conocimiento el motivo de la misma, así como los derechos y garantías que la ley le franquea, de conformidad a los artículos doce de la Constitución de la República y ochenta y siete del Código Procesal Penal. Se efectuó el secuestro un arma de fuego marca MP cinco, calibre nueve milímetros, sin pavón, con cacha de caucho, serie ochenta y dos setenta y nueve cuarenta, con un cargador para la misma y veintinueve cartuchos, objeto que fue ratificado su secuestro en el juzgado decimo segundo de paz, y enviada físicamente a la División de la Policía Técnica Científica comúnmente conocida como Laboratorio a las áreas de Físico Químico para ver residuos de pólvora en su interior así como también al área de balística para determinarse funcionabilidad de la misma.

El escenario del crimen fue trabajado por el equipo de Inspecciones Oculares Policiales , a las dos horas con diez minutos del día del día veintinueve de marzo de dos mil ocho, con los intervinientes investigador ______________________________, del Departamento de Operaciones de la Policía Nacional Civil, Delegación Centro ; Recolector ________________________; Fotógrafo ________________________________________y el Planímetrista ______________________________, en donde documentan fijan y grafican las siguientes diligencias: evidencia uno , una mancha de color pardo rojizo al parecer sangre ubicada sobre el pavimento de la avenida Bernal, frente a la casa numero setenta y cinco, evidencia dos , un casquillo que en su base se lee ES 574. Recolectado sobre la cunera de la venida Bernal frente a la casa numero setenta y cinco, evidencia tres manchas al parecer sangre recolectada sobre el escenario de la cuneta de la entrada principal de la farmacia CEFAFA, DAÑOS EN EL VIDRIO DE LA PUERTA DE LA FARMACIA.

III. CALIFICACION JURIDICA DEL HECHO

En atención a las presentes diligencias de Investigación que se han realizado la Fiscalía General de la República, ha logrado obtener elementos suficientes que denotan tanto la existencia del hecho punible en comento, así como la probable participación directa del imputado en el mismo, señor ____________________________________ adecuando su conducta a lo previsto por el legislador en los Arts. 128 del C. Pn., el cual reza “el que matare a otro será sancionado con prisión de diez a veinte años”, se describe así la figura del tipo básico de HOMICIDIO SIMPLE, la cual reúne los elementos integrantes de cualquier forma de HOMICIDIO, teniendo el detenido la calidad de autor directo de conformidad al Art. 33 del C. Pn., ya que con su acción ha demostrado una conducta desde todo punto de vista reprochable, ya que Lo lesiono en forma intencional al señor ______________________________ quien debido a la lesión recibió asistencia medica inmediata falleciendo el día lunes treinta y uno de marzo del dos mil ocho, en el Hospital Militar debido a lo antes enunciado se ha calificado el hecho como consumado
El termino dolo, se entiende como la conciencia y la voluntad de realizar el tipo objetivo del delito, es decir, que este se constituyó por la presencia de dos elementos uno intelectual y otro volitivo, en el primero para actuar dolosamente, el sujeto de la acción debe saber que es lo que hace y conoce los elementos que caracterizan la acción, como acción típica, en el caso que nos ocupa, el sujeto activo ha de saber que matar a una persona, causándole lesión en parte vulnerable del cuerpo del ofendido, pero para actuar dolosamente no basta con el mero conocimiento de los elementos objetivos del tipo, es necesario además querer realizarlos.
Partiendo de la distinción que hace la dogmática penal con relación a los distintos elementos que conforman la estructura del tipo básico, con relación al tipo objetivo se puede mencionar que el objeto material está determinado sobre la persona o personas en las que recae la afectación del bien jurídico tutelado, en relación al sujeto activo, comprende la ilicitud del hecho y el conocimiento que la conducta realizada por el señor _________________________________que el bien jurídico que en este caso fue vulnerado, se encuentra tutelado por nuestra legislación en el Art. 2 de la Constitución de la República, como derecho primario.
En cuanto a los elementos descriptivos del tipo penal de HOMICIDIO, se tiene:
ACCIÓN: se ha establecido en el caso de la investigación que el imputado ______________________________, tuvo participación en la lesión que se le provoco _______________________ quien fue lesionado por arma de fuego

TIPICIDAD: la conducta ejercida por el imputado ________________________ corresponde a los elementos descriptivos del tipo penal, previsto y sancionado en el Art. 128, del C. Pn., en el sentido que libre y voluntariamente ejecuta los actos capaces y en circunstancias normales y vulnera un bien jurídico tutelado como es la vida, con el cual se vuelve reprochable tanto la acción como el resultado de la misma, existiendo entre dicha acción y su resultado una relación de causalidad que permite en el ámbito objetivo la imputación del resultado al autor de la acción que la ha causado, queda claro para el Suscrito Fiscal, que el sujeto activo del delito tenía conocimiento que con su actuar era adecuado para producir la muerte en su víctima y no obstante realizó la conducta, encajando esta en el HOMICIDIO con lo cual evidenció, además del saber el querer realizar la conducta misma atribuida.

ANTIJURICIDAD: los hechos atribuidos al imputado ________________________ es totalmente contrario a las existencias del ordenamiento jurídico, no existiendo en el presente caso objeto de investigación, excluyente de responsabilidad penal que actúe a su favor.

CULPABILIDAD: de acuerdo a la edad y desarrollo intelectual del sujeto activo señor ____________________________ le es imputable, en virtud de que perfectamente pudo obrar lícitamente no habiéndolo hecho así, con plena conciencia del injusto de su actuar, por lo que su comportamiento le es reprochable, respecto de los hechos que se le atribuyen, es decir, que teniendo conocimiento de lo antijurídico de su actuar (que matar es delito), participo en forma voluntaria el hecho, es decir que en ningún momento constituye razón o motivo para ejecutar la acción típica, antijurídica, reprochable y por consiguiente punible.
Tomando en consideración todos los elementos incorporados anteriormente se puede determinar que el imputado relacionado ____________________________ es el autor directo del delito de HOMICIDIO cometido en perjuicio de ______________________.


IV. FUNDAMENTO DE LA IMPUTACION

Que existen elementos de convicción suficientes para sostener razonablemente que el indiciado ___________________________________ es autor directo al cometer el delito de HOMICIDIO en perjuicio de la integridad física del señor _____________________ así mismo se han recabado los elementos necesarios para probar la existencia del delito entre los que se tienen:
-Acta de detención elaborada a las cero dos horas con cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de marzo del dos mil ocho, en el Interior del Hospital Militar.
-Acta de Entrevista del agente _____________________, de la División del Nueve once, quien llego al escenario del delito, al tener conocimiento del hecho y efectuó la captura del implicado, quien manifiesta circunstancias de modo tiempo y lugar de la captura del imputado, quienes vía radial fueron informados de los hecho, procedieron a la localización del ahora imputado,
- Acta de entrevista de ______________________, de la División del Nueve once, quien llego al escenario del delito, al tener conocimiento del hecho y efectuó la captura del implicado, quien manifiesta circunstancias de modo tiempo y lugar de la captura del imputado, quienes vía radial fueron informados de los hecho, procedieron a la localización del ahora imputado,
-Acta de Inspección Ocular Policial, de las dos horas con diez minutos del día del día veintinueve de marzo de dos mil ocho, suscrita por el investigador _______________________, del Departamento de Operaciones de la Policía Nacional Civil, Delegación Centro participando los técnicos en escenarios del delito ; Recolector _______________________; Fotógrafo _____________________________ y el Planímetrista ____________________.
-Informe, suscrito por el ____________________________, de la División de Armas y Explosivos, en el que se expresa que el arma que se encuentra en calidad de secuestro, por el presente caso, es propiedad de la Fuerza Armada de El Salvador y que el señor imputado ________________________________, no posee licencia para el uso de arma de fuego, ni tiene armas registradas a su nombre.
-Acta fiscal de levantamiento de cadáver del señor _____________________________, de la morgue del Hospital Militar
Reconocimiento medico forense de las lesiones que presenta el señor _________________, de la Brigada Especial…
-Acta fiscal de los daños que presenta la puerta del establecimiento donde sucedieron los hechos.
Diligencias de ratificación de secuestro del arma de fuego, en el Juzgado decimo segundo de Paz de esta Ciudad.
-Acta de entrevista de la victima de las lesiones____________________
.-Entrevista de un representante del Hospital Militar

V. FUNDAMENTO DE LA PROCEDENCIA Y SOLICITUD DE LA DETENCION PROVISIONAL.

Siendo la Detención Provisional la EXCEPCION y no la Regla general en el presente Proceso Penal, tomando como referencia lo establecido en los Arts. 2, 11, y 12 de la Constitución de la República, 9.1 de la Declaración Interamericana de los Derechos Civiles y Políticos, 4.1 de las Reglas Mínimas de la Detención Provisional conocidas como Reglas de Tokio; además garantizando el Estado de Inocencia, el Juicio Previo, El Debido Proceso y accesar a la Tutela Judicial Efectiva; sobre esta base se hacen las consideraciones siguientes:
• Que de conformidad a lo establecido en los Art. 2, 13 de la Constitución de la República, 292, 293 y 294 del Código Procesal Penal, con relación al Art. 129 No.7 Pn., es procedente la aplicación de la Medida Más Gravosa como lo es la DETENCION PROVISIONAL.
• Que el tipo penal que nos ocupa es considerado como delito Grave y éste se encuentra señalado con pena de prisión de diez a doce y medio años de prisión, por el hecho de ser un delito imperfecto, razón por la cual es necesario VINCULAR directamente al imputado para asegurar los fines del proceso.
• Debido a la gravedad de la PENA, se presume el PELIGRO DE FUGA, conocido como PERICULUM INMORA, ya que el referido indiciado puede en algún momento evadir la acción de la Justicia mediante la FUGA, además OBSTACULIZAR el desarrollo de la investigación y/o alterar elementos probatorios que imposibiliten el proceso penal.
• Que el bien jurídico VIDA tutelado en nuestra legislación Art. 2 Cn., 128 y 129 Pn., por lo que el Estado se encuentra obligado a salvaguardar y proteger este bien, así como sancionar a los transgresores del mismo.
• Que el artículo 294 inciso segundo prohíbe la aplicación de otra medida cautelar que no sea la detención provisional en los delitos de Homicidio.

Por todas estas razones tanto jurídicas como doctrinarias, es necesario e imperioso solicitar a su digna autoridad decrete la medida cautelar más gravosa como lo es LA DETENCION PROVISIONAL, en contra del referido indiciado, por cuanto existen elementos indiciarios que determinan y justifican tanto la existencia del DELITO como la HIPOTESIS de probabilidad positiva de que el referido imputado sea el Autor directo del mismo. Cumpliéndose en consecuencia los requisitos que regula el Art. 292 Pr. Pn.


VI FUNDAMENTO DEL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO..

En virtud d que la conducta del imputado si está prevista en nuestra legislación como delito, pero por haber fallecido su probable responsable tal como se acredita con el respectivo levantamiento de cadáver la persona responsable FALLECIO, de conformidad al texto legal Art. 31 C Pr Pn. No. 1 La Acción Penal se extingue por la muerte del Imputado, y el Art. 308 No.4

En virtud de lo anterior es criterio del suscrito fiscal que no hay acción penal que perseguir, en consecuencia la conducta del imputado es típica, antijurídica, y no culpable por lo que corresponde es Sobreseerlo Definitivamente por el delito de LESIONES GRAVES Y DAÑOS, siendo imposible en este momento procesal fundamentar una acusación.

VII. PLAZO DE INSTRUCCIÓN Y DILIGENCIAS UTILES

Solicito para la averiguación de la verdad real, sin omitir otras que resulten de la investigación o que su Señoría tenga a bien ordenar, se realicen las siguientes diligencias:

• Ver la posibilidad de trayectoria balística
• Indagar de que padecía la victima porque estaba recibiendo atención medica y su filiación
• Obtención del peritaje físico químico
• Obtención del peritaje balístico
• Obtención de resultado de serológia para ver sustancia y su grupo y la comparación con la victima en AND. Medicina Legal
• Obtención de análisis de casquillo en balística con el arma homicida
• Obtención de análisis de fragmento de proyectil que se encuentre con el cañón del arma homicida.
• Resultado de Autopsia del IML
• Resultado análisis de abuso de sustancias psicotrópicas del occiso en IML. Área de toxicología.

• Por lo que para la práctica de dichas diligencias le solicito a su Señoría me autorice un plazo de instrucción de CUATRO MESES, tomando de base lo establecido en el Art. 274 Pr. Pn.

VIII. PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO A LA ACCIÓN CIVIL Y REPARACION DEL DAÑO POR EL DELITO DE HOMICIDIO

Teniendo la Fiscalía General de la República, el ejercicio conjunto de la acción civil y no habiéndose constituidos las víctimas en parte querellante, le solicito que de conformidad al Art. 43 del C. Pr. Pn. y Art. 114 y 115 del C. Pn., se tenga por incoado el ejercicio de la acción civil o reparación del daño.
IX. PETITORIO
Por lo antes expuesto y de conformidad a las disposiciones legales precitadas LE PIDO:
• Admita el presente requerimiento fiscal.
• Se decrete Instrucción con DETENCIÓN PROVISIONAL en contra del imputado presente _____________________________ por la comisión del delito de HOMICIDIO cometido en perjuicio de la vida de _____________________________
• Se decrete SOBRESEIMIENTO DEFINTIVIO, a favor del fallecido ____________________, por la comisión del delito de LESIONES GRAVES y DAÑOS en perjuicio de ________________________________ y del HOSPITAL MILITAR, respectivamente.
• Se tenga por incoado el ejercicio de la acción civil derivada de la comisión del ilícito que se ventila en contra del imputado relacionado
• Pongo a su disposición las diligencias iniciales de investigación consistentes en ________, folios útiles.

Señalo para oír notificaciones la Unidad de Delitos Relativos a la Vida y a la Integridad Personal, de la Fiscalía General de la República, Centro de Gobierno de ésta ciudad.

San Salvador, a los treinta y un días del mes de Marzo de dos mil ocho
Adjuntos:
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, E_S

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.171 segundos
Gracias a Foro Kunena