buen día, en consulta en el caso de firma a ruego la persona que la brinda, hay alguna prohibición para ella o el por si existe algún grado de parentesco del vendedor a la compradora e incluso notario
Buenas tardes colegas. La ley solo especifica que tiene que ser mayor de 18 años, partiendo de ese enunciado puede ser algun pariente sin ningun problema....... A quien tendrá que identificar por medio de su DUI.
Ley del Notariado. Art. 3212º- Que leído el instrumento, sea firmado por los otorgantes, por los testigos e
intérpretes si los hubiere y por el Notario. Si alguno de los otorgantes no supiere o no
pudiere firmar se expresará la causa de esto último y dejará la impresión digital del
pulgar de la mano derecha o, en su defecto, de cualquier otro dedo que especificará el
Notario o si esto no fuere posible se hará constar así y en todo caso, firmará además a
su ruego, otra persona mayor de dieciocho años o uno de los testigos; pudiendo una
sola persona o testigo firmar por varios otorgantes que se encontraren en alguno de
dichos casos;
Que leído el instrumento, sea firmado por los otorgantes, por los testigos e
intérpretes si los hubiere y por el Notario. Si alguno de los otorgantes no supiere o no
pudiere firmar se expresará la causa de esto último y dejará la impresión digital del
pulgar de la mano derecha o, en su defecto, de cualquier otro dedo que especificará el
Notario o si esto no fuere posible se hará constar así y en todo caso, firmará además a
su ruego, otra persona mayor de dieciocho años o uno de los testigos; pudiendo una
sola persona o testigo firmar por varios otorgantes que se encontraren en alguno de
dichos casos Ley del Notariado. Art. 3212º