Estimados colegas:
Todos como notarios pasamos por el tramite del primer libro de protocolo, y gracias a algunos aportes considero que no me fue tan difícil hacerlo. No obstante con este post considero actualizar la información sobre el mismo que establece la sección de notariado:
(Este post es aplicable a los notarios y notarias del domicilio de San Salvador)
Requisitos:
1.Ser del domicilio de San Salvador- tener establecida su of icina notarial en San Salvador.
2.Presentar solicitud escrita dirigida a la Jefatura de la Sección de notariado que deberá relacionar:
Nombre, edad, profesión, domicilio, y relación de los siguientes documentos: DUI, Tarjeta de Identificación de Abogado y NIT
Dirección y numero telefónico de oficina notarial y dirección electrónica.
Dirección y número telefónico de otro lugar de trabajo.
Datos del acuerdo de autorización para el ejercicio de la función notarial con relación de los datos de publicación en el Diario Oficial.
Exponer que solicita la legalización de su protocolo para lo cual solicita que previamente , se le autorice la compra de hojas del papel correspondiente (mencionar la cantidad de hojas que formaran su libro)
3. A la solicitud deberá acompañar en original y copia ampliada los siguientes documentos:[/li]
DUI
NIT
Acuerdo de autorización para ejercer la función notarial en el que consta la fecha de publicación en el Diario Oficial.
Tarjeta de Identificación de abogado
constancia de trabajo (si aplica) (Se refiere a que si trabaja en oficina gubernamental debe presentar constancia que la función notarial no esta comprendida como incompatible con las funciones que realiza en la misma)
IMPORTANTE:
1. Todo tramite relacionado con los libros de protocolo debe ser realizado personalmente por el notario; quien deberá presentarse con traje formal. Para recibir la solicitud se le señalara día y hora a fin de crearle los registros correspondientes.
2. El horario de atención para solicitar su primer libro de protocolo es de 8:00 am a 12 m.
6. El notario que además sea empleado de alguna de las instituciones que en las disposiciones que la rigen contienen regulaciones referidas a prohibiciones para el ejercicio de la función notarial, deberá comprobar que su puesto o cargo no se encuentra comprendido dentro de la incompatibilidad.
Anexo fotografía del instructivo que da la Sección del notariado.
Adjuntos:
Última Edición: 15 Feb 2016 12:45 por NER.
El siguiente usuario dijo gracias: eslexv15, Nefertiti