RESPECTO DE LAS DILIGENCIAS DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE UNA PERSONA, PUEDE SOLICITARSE EN LAS MISMAS DILIGENCIAS UNA ADECUACIÓN DE APELLIDOS O TENDRIA QUE HACERSE POR SEPARADO POR SER DISTINTOS LOS ACTOS.
Pues son actos distintos.
Pero...si de la rectificación de la partida de nac. cambian sus apellidos podría...
pero en todo caso puede consultarlo con el jefe del registro del estado familiar de la
alcaldia donde esta asentada esa partida, en todo caso, será el quien ordena se
realicen las respectivas marginaciones, en ese sentido, vale la pena consultar cual es su criterio.
Si debido a la rectificación de da el cambio de apellido, en el mismo acto se adecuán estos, solo tiene que relacionar que a raíz de dicha rectificación, el nombre real del compareciente es XXXX y no como erroneamente se cosignó en la Partida de Nacimiento