Puede utilizarse un mutuo simple para efectos de obtener de una persona sus conocimientos por un determinado tiempo, luego de haberle ayudado yo a adquirir dichos conocimientos?.. debe considerarse que para que esta persona haya adquirido esos conocimientos, yo invertí cierta cantidad de $$ en ello.
Debe ser en escritura pública?.. o basta con que sea certificado por un notario?
Buenos días Stan.
Lo que planteas es lo mismo que aquellos casos en que una empresa paga una especialización a uno de sus trabajadores y se le pide como condición que labore por un tiempo determinado en la empresa.
En principio, soy de la opinión que si puede hacerse, mas no obligarse. Me explico...si la persona está de acuerdo en suscribir un documento, puede ser de mutuo, donde la suma mutuada es el valor invertido en la especialización o capacitación, el plazo de pago será el tiempo por el cual la persona deberá prestar sus servicios. En dicho documento deben establecerse claramente que en caso de no cumplir con el plazo, deberá pagar la parte proporcional que corresponda.
En lo personal, creo que basta que sea un documento privado debidamente autenticado por notario, pero nada obsta para que se pueda hacer en escritura pública.
Saludos.