HOLA!
TENGO EL SIGUIENTE CASO: SE OTORGÓ UNA COMPRAVENTA DE UN INMUEBLE EN EL AÑO 1993, AHORA LA DUEÑA DESEA VENDERLO, VOY AL CNR Y RESULTA QUE NO ESTÁ INSCRITO, NUNCA SE PRESENTÓ, Y EN AQUEL MOMENTO HABIA QUE CANCELAR EL IMPUESTO DE ALCABALA LO QUE AHORA SERÍA TRANSFERENCIA, EL PROBLEMA ES QUE EL NOTARIO FALLECIÓ HACE VARIOS AÑOS. LA PREGUNTA ES:
¿COMO SE HACE CON EL ESCRITO PARA HACER EL PAGO DEL IMPUESTO QUE SE PRESENTA AL BANCO?
DESDE YA LES AGRADESCO SUS COMENTARIOS Y LA AYUDA. MUCHAS GRACIAS.
SEÑOR COLECTOR DEPARTAMENTAL DE SANTA ANA
Ruégole percibir la suma de CUARENTA Y DOS DOLARES CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS DE DÓLAR DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA ($42.86), en concepto de pago del impuesto sobre la transferencia de bienes raíces que causa la escritura pública de compraventa de un inmueble de naturaleza urbana, efectuada según los datos siguientes:
VENDEDOR: ...., con Número de Identificación Tributaria:......
COMPRADOR:
, con Número de Identificación Tributaria: s.
PARENTESCO: NInguno.
OBJETO DE LA VENTA: un inmueble de naturaleza urbana, situado en el barrio Santa Lucía de esta ciudad, cuyo inmueble mide diez metros frente a la calle, por diecisiete metros veintiún centímetros de fondo, tiene una extensión superficial de CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS.
PRECIO DE LA VENTA: $30,000
3%: $42.86
FECHA DE CONTRATO: 30 de julio de 2007
Licdo.....
ABOGADO Y NOTARIO
OJO: Yo me preocuparia mas por presentar la venta que por el pago de la transferencia. Le recomiendo que si su cliente tiene el testimonio original de la venta, lo presente al CNR, con los derechos registrales cancelados, y el recibo del pago del impuesto de transferencia. Si no tiene el testimonio original, tendria que solicitarlo a la Seccion del Notariado siempre y cuando sepa la fecha en que se otorgo
Excelente observacion del colega munraa al decirle que lo importante en este caso es la inscripción de la propiedad.
sino tiene el documento original para solicitar el testimonio en la Sección de Notariado le van a preguntar el nombre completo del notario, la fecha en la que se realizó la compraventa y el nombre de las partes, sino va su cliente este le puede dirigir un escrito al señor Jefe de la Sección de Notariado con firma legalizada donde la comisione a usted para que pueda retirar tanto el mandamiento de pago como el respectivo testimonio.
DESEO PREGUNTAR SI EL NOTARIO YA SE MURIO.... COMO SE HACE CON EL ACTA DE TRANSFERENCIA QUE SE SUPONE DEBERIA SER FIRMADA Y SELLADA POR EL NOTARIO AUTORIZANTE????????????
Yo preguntaría en el Ministerio de Hacienda, porque el notario solo da la orden de pago (por autoliquidación del impuesto, Art.20 Ley de Imp de Transferencia), lo que cuenta es el comprobante de pago que da el ministerio; entiendo que de conformidad a los arts. 7 y 8 de la ley del impuesto, se debe presentar una declaración en formulario que da el ministerio con la fotocopia de la escritura, esto para que ellos determinen el impuesto así como los intereses generados por no haber pagado en tiempo, talvez el formulario lo pueda presentar el comprador.
Además debería consultar en el Registro de la Propiedad que corresponda la inscripción, porque el recibo de ingreso va firmado por el funcionario autorizante, y ellos administrativamente podrían prescindir de ese requisito.
Por favor avise como lo resuelve, porque es algo interesante su caso.
Leyesita deberia de preguntar en El Miniesterio de Hacienda, porque dejeme comentarle que por experiencia la Declaracion que se hace por medio del formulario que habla la ley de dicho impuesto no sirve de nada, en todo caso supongo que su cliente tiene el Testimonio ORIGINAL, en esa caso haga la consulta en el sentido de como puede hacer para llevar el informe que debio haber hecho el notario ya que el ya fallecio, segun Art. 20 Ley de Imp de Transferencia...
Porque la declaracion que habla esa ley por conocimiento de causa se lo digo, no sirve de nada
SEA VENDERLO, VOY AL CNR Y RESULTA QUE NO ESTÁ INSCRITO, NUNCA SE PRESENTÓ, Y EN AQUEL MOMENTO HABIA QUE CANCELAR EL IMPUESTO DE ALCABALA LO QUE AHORA SERÍA TRANSFERENCIA, EL PROBLEMA ES QUE EL NOTARIO FALLECIÓ HACE VARIOS AÑOS. LA PREGUNTA ES:
¿COMO SE HACE CON EL ESCRITO PARA HACER EL PAGO DEL IMPUESTO QUE SE PRESENTA AL BANCO?
DESDE YA LES AGRADESCO SUS COMENTARIOS Y LA AYUDA. MUCHAS GRACIA
ETO DE LA VENTA: un inmueble de naturaleza urbana, situado en el barrio Santa Lucía de esta ciudad, cuyo inmueble mide diez metros frente a la calle, por diecisiete metros veintiún centímetros de fondo, tiene una extensión superficial de CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS.
PRECIO DE LA VENTA: $30,000
otario, la fecha en la que se realizó la compraventa y el nombre de las partes, sino va su cliente este le puede dirigir un escrito al señor Jefe de la Sección de Notariado con firma legalizada donde la comisione a usted para que pueda retirar tanto el mandamiento de pago como el respectivo testimonio.
yesita deberia de preguntar en El Miniesterio de Hacienda, porque dejeme comentarle que por experiencia la Declaracion que se hace por medio del formulario que habla la ley de dicho impuesto no sirve de nada, en todo caso supongo que su cliente tiene el Testimonio ORIGINAL, en esa caso haga la consulta en el sentido de como puede hacer para llevar el informe que debio haber hecho el notario ya que el ya fallecio, segun Art. 20 Ley de Imp de Transferencia...
Porque la declaracion que habla esa ley por conocimiento de causa se lo digo, no sirve de