Buenas tardes compañeros, estoy arreglando el libro de protocolo y me surge una terrible duda.
Tengo escrituras donde se otorgan créditos, y en varios le han puesto como legajo de anexos la certificación de punto de acta donde se aprueba otorgar o recibir un crédito, no encontré realmente nada en la ley pero quisiera saber si realmente es obligatorio que estos puntos de acta vayan como anexo?
Es que yo creia que era cosas como partidas, alcabalas, poderes etc. Será que deben ir?
Dos tooodas las hojas de los enxos deben ir selladas y firmadas por el notario? o solamente la que contiene a que número de instrumento corresponde el anexo?
Hola
Debes anexar todos los documentos que se relacionan en las escrituras y que digan que seran anexadas al libro de protocolo... si son puntos de acta deben obligatoriamente anexarse las certificaciones de los mismos, igual que recibos de transferencia...partidas de nacimiento...etc. Todas las hojas de los anexos deben ir selladas y firmadas por el notario, sin embargo yo solo les pongo el sello de "pertenece al instrumento numero...." en la parte de atrás, pero solo sello y firmo en la parte de atras, las partidas de nacimiento, fotocopias certificadas, y otros documentos como los recibos de transferencia, no las actas pues esas han sido otorgadas ante mis oficios.
suerte!