Una pequeña consulta como notario, cuando se efectúan compraventas de inmuebles superiores a $28,571 se hace el pago del impuesto y se reporta a la Dirección Gral de Impuestos Internos con copia del comprobante de pago, ahora cuando no se genera el impuesto porque es menor a la cantidad ¿Siempre se reporta a Hacienda o no es necesario???
hasta donde tengo entendido, todas las compraventas de inmuebles las debes reportar a hacienda, ellos te dan el programa DET, en donde reportas los instrumentos elaborados por los notarios que ahí te piden....Este reporte es por año, o sea que tienes hasta el 31 de enero de 2014 para presentar el informe de enero a diciembre de 2013.
Los colegas tienen razón, el impuesto a la transferencia tiene por objetivo reportar a hacienda el pago del impuesto respectivo por parte de los otorgantes, y el informe anual tiene por objetivo que los notarios reportemos nuestro trabajo a hacienda.