tengo una consulta con relacion a notarial, el caso es el siguiente una persona amputada de las dos manos ¿como se redactaria el pie de la escritura matriz? escribo un ejemplo para que me corrijan si me equivoco
Así se expresó la otorgante y testigos, a quienes expliqué los efectos legales del presente instrumento, y leído que se los hube, en un solo acto de manera íntegra e ininterrumpida, ratifican su contenido y firmamos, a excepción de la señora XXXXX que no puede, ni dejara impresa su huella digital por ser amputado de ambas manos pero firmara a su ruego uno de los testigos de generales ya mencionadas. De todo DOY FE
esto con base al art 32 ord 12° de LN
Y es algo burda la pregunta pero por ahí dicen que no hay preguntas tontas sino ……
Bueno la pregunta que si solo de las manos puede imprimirse la huella es decir en este caso, aun tiene los dedos de los pies, y en esa misa disposición dice… de cualquier otro dedo que especificará el notario… dejando para mí la posibilidad que lo haga con el pie
Última Edición: 26 May 2013 21:40 por a76v43v. Razón: Correcion de articulo 32 n°12
Una observación Es el art.•32 no el 34
Pues no están ilogica tu solución si tomamos dos hechos:
A los niños recién nacidos son los plantares que sirven de huella, de identificación.
Las huellas de los pies presentan las mismas condiciones de singularidad y son al igual únicas en cada ser humano.Ahora la pregunta seria cual dedo y como hacerlo;creo cualquier dedo servivria pero el “gordo” seria el mas adecuado y el mismo proceso solo colocando en una superficie estable la impresión.
Pero si se mas tradicional que alguien firme a su ruego
Colega, comparto la opinión del colega "juan Avelar o" no obstante la Ley no exagera en cuanto a los dedos de los pies, de hecho la comparecencia de los testigos es básicamente para ello, Atestiguar tu Dación de Fe, en razón de la imposibilidad de que el referido señor, (que carece de ambas manos) pueda firmar el documento. Esto lo digo por que en una ocasión me tope con un caso de que una persona en las mismas circunstancias podía firmar colocando el bolígrafo en su boca, y de otro colega que también el Sr. podía firmar utilizando sus pies como manos. En ambos casos, igual, solicitamos la comparecencia de testigos para vedar cualquier posibilidad de impugnación del documento aduciendo que el compareciente "no podía firmar", cuando en realidad "sí lo puede hacer". Espero te sirva mi granito de arena. Saludos.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...
De acuerdo con los comentarios de los colegas. Ese mismo artículo ya contempla el supuesto en que el compareciente no pueda dejar impresa ninguna huella de sus dedos, por lo que el notario dejara constancia de tal situación.
En cuanto a la redacción que expones solo me parece que debes especificar el nombre del testigo "de generales ya mencionadas" y que tal testigo firmara e n ambas calidades .
Interesante el detalle que advirtió el colega "abogado". Saludos.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...