PARTICION PARCIAL EXTRAJUDICIAL

13 Dic 2012 11:32 #1 por JET
Tengo un caso en el cual hay varios herederos declarados y solo tres quieren ponerle fin a la proindivision, por lo que solicitan que se les haga partición, es de aclarar que es un solo bien inmueble la masa sucesoral, los demas herederos aun quieren permanecer en proindivisión, no existe oposición de los demás y ya cuentan con plano aprobado de partición extrajudicial, solo cuento con modelos de escrituras en donde la partición es total ¿alguien me puede proporcionar un formato donde la partición es parcial, pues los demas herederos seguirán en proindivisión?

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22 Dic 2012 18:28 #2 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: PARTICION PARCIAL EXTRAJUDICIAL
Quiro decirte que lo que tu planteas no es posible, TODOS LOS HEREDEROS TIENEN QUE ESTAR DE ACUERDO LA PARTICION EXTRAJUDICIAL!!!

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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23 Dic 2012 03:54 - 23 Dic 2012 04:03 #3 por abogado
Respuesta de abogado sobre el tema Re: PARTICION PARCIAL EXTRAJUDICIAL
Art. 1196.- Ninguno de los coasignatarios de una cosa universal o singular será obligado a permanecer en la indivisión; la partición del objeto asignado podrá siempre pedirse con tal que los coasignatarios no hayan estipulado lo contrario. No puede estipularse proindivisión por más de cinco años, pero cumplido este término podrá renovarse el pacto

Art. 1204.- Si todos los coasignatarios tuvieren la libre disposición de sus bienes y concurrieren al acto, podrán hacer la partición por sí mismos, o nombrar de común acuerdo un partidor;.... Si no se acordaren en el nombramiento, el Juez, a petición de cualquiera de ellos, nombrará un partidor a su arbitrio, con tal que no sea de los propuestos por las partes, ni coasignatario

Ley de Jurisdicción voluntaria....
Art. 2.- El interesado podrá optar por el procedimiento ante el notario, conforme a la presente Ley, o ante el Juez competente, conforme al Código de Procedimientos Civiles, por sí o por medio de apoderado especial o general con cláusula especial. Si fueren varios los interesados será necesario el consentimiento unánime de ellos para iniciar o continuar el trámite notarial. Si iniciado éste hubiere oposición, el notario se abstendrá de seguir conociendo y remitirá lo actuado al tribunal competente, dentro de ocho días hábiles, previa notificación de los interesados

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24 Dic 2012 04:28 #4 por frank-vane
Respuesta de frank-vane sobre el tema Re: PARTICION PARCIAL EXTRAJUDICIAL
Muy buena respuesta y debidamentada fundamentada jurídicamente, no hay duda que el colega Abogado esta muy famirializado en la materia

El que oculta sus delitos No prospera, el que lo confiesa y cambia otendra compasión.-
Proverbios. 28,13.

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