CASO:
EN UNA ALCALDIA X, SE SOLICITO UNA PARTIDA DE NACIMIENTO, PERO NO FUE POSIBLE OBTENERLA PORQ LOS LIBROS ESTABAN QUEMADOS, PERO MI CLIENTA ANDA UNA PARTIDA PERO ES COPIA, EN DICHA ALCALDIA NO SE ENCUENTRA REGISTRO DE LA PERSONA COMO SE PODRA HACER EN ESTE CASO?
Las reposiciones se rigen por la Ley de Reposición de Libros y PArtidas del Registro Civil. Con la fotocopia que su clienta tiene, puede solicitar la reposición:
Art. 4. INC 1o - La reposición total o parcial, de libros desaparecidos por cualquier causa, o de partidas no legibles, se hará con base en los siguientes documentos: certificaciones o fotocopias certificadas de partidas; testimonios de escritura pública en las que se hayan protocolizado las partidas o que éstas se hayan relacionado con otros instrumentos públicos de Identidad Personal; certificación de fotocopias o de copias debidamente confrontads o certificaciones de partidas razonadas en autos, agregadas en juicios u otras diligencias expedidas por funcionario judicial o administrativo, certificaciones de sentencias definitivas ejecutoriadas, pronunciadas en juicios de estado civil, certificaciones de partidas de los registros que llevan los agentes diplomáticos o consulares; certificaciones de películas, microfilmes u otros medios técnicos que emplean las Municipalidades, donde consten en forma fehaciente las partidas que se pretenden reponer.(2)
En ese caso dicha fotocopia debe ser certificada por notario y corre el riesgo de que, como decimos a lo salvadoreño pueda ser "chaveleada".- El Art. 57 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio establece que se puede asentar el nacimiento de su cliente hasta con la certificación de la fé de bautismo de su cliente, sin embargo puede ser que la hayan microfilmado antes de que se quemara el libro, en ese caso mi sugerencia es que solicite en la alcaldía donde se registro el nacimiento, una constancia de que el libro ya no existe por las causas que usted dice, luego ir al Registro Nacional de las Personas Naturales Colonia Arce, en S.S., eso sí con Poder que le otorgue su cliente, y solicite copia certificada del microfilm del asiento de partida de su cliente, ya si no se encuentra, y tampoco existe ningún tipo de documento de los que menciona el artículo, entonces pruebe a buscarlo en la iglesia donde fue bautizado su cliente y solicite la certificación que le menciono.- suerte.-
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, Bayona
Lucy Avalos escribió: En ese caso dicha fotocopia debe ser certificada por notario y corre el riesgo de que, como decimos a lo salvadoreño pueda ser "chaveleada".- El Art. 57 de la Ley Transitoria del Registro del Estado Familiar y de los Regímenes Patrimoniales del Matrimonio establece que se puede asentar el nacimiento de su cliente hasta con la certificación de la fé de bautismo de su cliente, sin embargo puede ser que la hayan microfilmado antes de que se quemara el libro, en ese caso mi sugerencia es que solicite en la alcaldía donde se registro el nacimiento, una constancia de que el libro ya no existe por las causas que usted dice, luego ir al Registro Nacional de las Personas Naturales Colonia Arce, en S.S., eso sí con Poder que le otorgue su cliente, y solicite copia certificada del microfilm del asiento de partida de su cliente, ya si no se encuentra, y tampoco existe ningún tipo de documento de los que menciona el artículo, entonces pruebe a buscarlo en la iglesia donde fue bautizado su cliente y solicite la certificación que le menciono.- suerte.-
Quizá todavía le interese colega, el procedimiento es pedir una constancia en la alcaldía de que dicha partida no fué encontrada, posteriormente debe ir al RNPN para que ellos busquen en la base de datos o en microfilm, si de verdad dicha partida existió, de ser así se ordena la reposición, de no encontrarla en microfilm debe seguir las diligencias subsidiarias de nacimiento, las cuales al concluir si la persona tenía DUI, conservará el mismo número.
si realmente es que el libro se quemo como usted manifiesta, le recomiendo que solicite una constancia en la oficina del Resgistro del estado familiar de la alaldia en cuestión y con ella se dirija al RNPN a solicitar una partida, por que con pudo ser microfirmada para guardarlo en este regsitro, por lo que si se encuetra ellos el emitiran una certificación y con este documento puede asentar la partida en la alcalddia del luagr de nacimeinto de su cliente