A su oficina profesional se presenta éste día la señora Carmen Salinas de Gortari, y le expresa lo siguiente:””” Que es socia de la Sociedad Carmen Salinas de Gortari y Hermanos. Que además el día 19 de abril del corriente año se celebró la Asamblea General de Socios de dicha Sociedad, en donde uno de los puntos fue la autorización a su hermana Sonia Salinas, para poder ceder su participación social a la señora Julieta Pérez, quién es una persona ajena a la Sociedad. Que el acuerdo es válido por cuanto en el pacto social se estableció que con la mayoría simple se podía tomar acuerdo válido para poder autorizar la cesión de participación social de un socio.- Que ella no está de acuerdo que su hermana le ceda a Julieta su participación social, y por eso le expresa que la asesore para poder ella – es decir Carmen- adquirir la participación social de su hermana Sonia.””””. Usted como abogado(a), que le diría, que acción o tramites se pueden realizar si es que se puede realizar alguno, para que Carmen pueda aún adquirir la participación social de su hermana Sonia
Vaya vaya....esos nombres falsos si se pueden leer.....
En este caso busque en el codigo de comercio el art. Que establece que los socios tienen preferencia sobre los no socios para comprar las acciones de la sociedad.