te recomiendo pedir la lidacion del primer proceso, en cuanto a los interes etc. y monto adeudado que ahora reclama que te dice el banco no lo tomes en cuenta es el juz quien dira cuanto pagara tu cliente pero lamentablemente es posible que sea esa cantidad pues imaginino que es un mutuo y es de ver el interes mas interes por mora pactado y el tiempo que llevan los descuentos....pide la liquidacion si lo descontado alcanza para pagar levantas el embargo y luego ocupate del segundo. es lo que yo haria en tu caso con la informacion que tu das.
Primero revisa el expediente, y hace las cuentas de cuanto es lo que se debe a la fecha, si son 4000, me imagino que no alcanza, despues, exponele al juridico del banco, explecale la situacion de tu cliente, si es posible, que el personalmente les hable, y dependera de la buena voluntad del Jefe del area juridica del banco.
No hagas la solicitud de liquidacion si no estas seguro de cuanto es lo que debe a la fecha, personalmente, hice un escrito de liquidacion, la deuda 2000 dls, lo que habian pagado euda 4800 usd, y la deuda para la fecha era ya de 8000 usd. Lo mejor, y recomendado por un colega del foro, hablar con el acreedor y convencerlo de que se de por pagado.
Última Edición: 26 Ene 2012 00:03 por pameneto.
El siguiente usuario dijo gracias: Pasante, maglito
BUENAS NOCHES COLEGAS. TENGO UNA CONSULTA EN RELACIÓN A ESTE TEMA. UN CLIENTE ME HA CONSULTADO QUE TIENE UN PROBLEMA CON UN EMBARGO QUE LE HICIERON EN SU SALARIO. POSTERIOR AL EMBARGO EL LLEGO A UN ACUERDO CON EL ACREEDOR( UNA CASA DE PRÉSTAMO),PERO AHORA ME MANIFIESTA QUE QUIERE SOLICITAR UN PRÉSTAMO A OTRO BANCO PERO ME DICE QUE SE LO PUEDEN NEGAR POR EL EMBARGO QUE TIENE. MI PREGUNTA ES CUANDO LA CASA DE PRÉSTAMO LLEGO A UN ACUERDO CON EL, SE LEVANTA EL EMBARGO EN EL SALARIO? O SIEMPRE SE LE SIGUE DESCONTANDO. QUE DEBO REALIZAR PARA QUE LE QUITEN EL EMBARGO EN EL SALARIO. DE ANTEMANO GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
ABOGADO Y NOTARIO Autorizado por la Corte Suprema de Justicia de El Salvador.
- Detenemos Embargos o Lanzamientos;
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Accion inmediata! Sea cual sea su PROBLEMA LEGAL....
WhatsApp: (503) 7718-4253
PIDE LA LIQUIDACIÓN, EL MONTO QUE ARROJA LA MISMA SERVIRA PARA PAGAR, PRIMERO LOS INTERES PENALES, POSTERIORMENTE LOS INTERES CONVENCIONALES Y POR ULTIMO SE ABONA AL CAPITAL
PRIMERO: A menos que presente otra clase de garantía no le quitarán el embargo sobre el sueldo.
SEGUNDO: No basta el arreglo debes solicitar a la casa de préstamos que si en el acuerdo estaba presentar el escrito para "levantar el embargo" de lo contrario sólo procederá lo dicho ya en el numero anterior.
TERCERO: Que otra persona ( un familiar ) haga el préstamo y pague a la casa de préstamos.
CUARTO: como te dijo escoorpion 76 debes solicitar la LIQUIDACIÓN para establecer los montos de la deuda del capital y de los intereses que se deban, tanto de unos como de loos otros.
Saluditos
esta interesante este tema por que tengo un caso en el que tiene seis embargos, pero la cuestión es que aun no estoy autorizada como abogada, pero los casos son con el código derogado, no se si mostrarme parte con firma de abogado director o hago el escrito con el nombre de la demandada ya que ella es abogada. y ella dice que lo puedo hacer con firma de abogado director.
Lic.Sanchez escribió: BUENAS NOCHES COLEGAS. TENGO UNA CONSULTA EN RELACIÓN A ESTE TEMA. UN CLIENTE ME HA CONSULTADO QUE TIENE UN PROBLEMA CON UN EMBARGO QUE LE HICIERON EN SU SALARIO. POSTERIOR AL EMBARGO EL LLEGO A UN ACUERDO CON EL ACREEDOR( UNA CASA DE PRÉSTAMO),PERO AHORA ME MANIFIESTA QUE QUIERE SOLICITAR UN PRÉSTAMO A OTRO BANCO PERO ME DICE QUE SE LO PUEDEN NEGAR POR EL EMBARGO QUE TIENE. MI PREGUNTA ES CUANDO LA CASA DE PRÉSTAMO LLEGO A UN ACUERDO CON EL, SE LEVANTA EL EMBARGO EN EL SALARIO? O SIEMPRE SE LE SIGUE DESCONTANDO. QUE DEBO REALIZAR PARA QUE LE QUITEN EL EMBARGO EN EL SALARIO. DE ANTEMANO GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
COLEGAS TENGO UNA CONSULTA EN ESTE CASO QUE LES MENCIONE,RESULTA QUE MI CLIENTE YA PAGO EL PRÉSTAMO PERO RESULTA QUE LA CASA DE PRESTAMOS LE PROMETIÓ QUE LE QUITARÍA EL EMBARGO PERO NO LO HA HECHO,QUE PUEDO HACER? LEYENDO LOS COMENTARIOS VARIOS HAN COMENTADO QUE LO MEJOR ES HABLAR CON EL ACREEDOR. EN LA CASA DE PRÉSTAMOS LE HAN MANIFESTADO QUE NO TIENEN ABOGADO Y ANTERIORMENTE LE HABÍAN DICHO QUE YA HABÍAN MANDADO LOS DOCUMENTOS AL JUZGADO.
SERA QUE PUEDO PRESENTAR UN ESCRITO FIRMADO POR EL ACREEDOR EN EL CUAL SE ESTIPULE QUE LA DEUDA HA SIDO PAGADA. AGRADEZCO SUS COMENTARIOS.
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EN PRIMER LUGAR DEBE REVISAR EN LA HOJA DE DESCUENTO O PLANILLA QUIEN ES EL QUE LE HIZO EL EMBRAGO, UNA VEZ ACLARADO QUIEN FUE USTED, INEPENDIENTEMENTE SI TENGA O NO ABOGADO LA CASA DE PRESTAMOS PROCEDA A ELABORAR LA CANCELACION DE LA DEUDA Y POSTERIORMENTE PIDA EL LEVANTAMIENTO DE EMBARGO MEDIANTE ESCRITO PRESENTADO AL JUZGADO PARA QUE LE QUIETEN JUDICIALMENTE EL EMBARGO QUE TIENE EN EL SALARIO.
OJO SI LA CASA DE PRESTAMO FUE LA QUE EMBARGO A SU CLIENTE ES ANTE EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA CASA DE PRESTAMOS SOLICITARA LA CANCELACION Y ESTE LA FIRMARA. CASO CONTRARIO SI FUE EL ACREEDOR ES ANTE EL QUE SE SOLICITARA LA CANCELACION Y EL LA FIRMARA.....
OLVIDE MENCIONAR QUE PARA PROCEDER CON LA CANCELACION Y EL LEVANTAMIENTO DE EMBARGO SE DEBE HABER CANCELADO EN SU TOTALIDAD LA DEUDA... DE LO CONTRARIO NO PROCEDE
GRACIAS COLEGA UNA CONSULTA PARA VER LA PLANILLA O SABER QUIEN HA EMBARGADO A MI CLIENTE COMO SOLICITO ESTA INFORMACION EN LA EMPRESA, Y EFECTIVAMENTE YA SE PAGO LA TOTALIDAD DE LA DEUDA, Y SERIA TAN AMABLE DE PROPORCIONARME UN MODELO DEL ESCRITO QUE DEBO PRESENTAR AL JUZGADO.DE ANTEMANO GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.
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