claro, ya esta sentenciado, revisa los articuos que cite en la demanda, descarga los archivos ajuntos, si no puedes te los envio por correo, dejamelo por este medio
Última Edición: 08 Sep 2015 14:54 por danilomoran.
Gracias, compañero,
Yo estoy de acuerdo que se la admitieron y se la sentenciaron, pero le puedo decir con certeza que los títulos valores si los ponemos a estudiar todos sus requisitos de contenido y forma se puede entender , que no deben de llevar huella.
yo tengo varias resoluciones de cámara y de tribunales con jueces buenos en esa área que me han fundamentado sus resoluciones en declararme inadmisible la demanda, y tengo procesos igual que usted ya sentenciadas y adjudicado el bien embargado, y también me han convencido sus resoluciones,
Sabe este tema me gusta pues tengo varias sentencias contradictorias y me queda duda y me pone a leer un poquito.
claro, es el critero autonomo de jueces pero los articulos 640, 641 código de comercio asi: Art. 640.- Cuando el que deba suscribir un títulovalor no sepa o no puede firmar, lo hará a su ruego otra persona, cuya firma será autenticada por Notario.
Art. 641.- Los títulosvalores llevarán, por lo menos, una firma autógrafa.
ahi esta la respuesta y podrias intentar que sea revocada la resolucion en donde te declaren inadmisible o apelar al tribunal superior