Buenos dias colegas, Necesito de su ayuda para informarle a un cliente cuales son las diferencias entre una Sociedad Anonima de Capital Variable y una sociedad de Responsabilidad Limitada. Me han comentado que es mas seguro contra cualquier accion en contra de la misma tener una sociedad de R.L., que una S.A de C.V. porque?
Saludos.
En cualquiera de las 2 ,los socios responden solo por sus aportaciones en las de RL y por el monto de sus acciones en la SA de CV,la diferencia es que una es de personas (RL) y la otra de capital.
RL artic. 45 C. de Com.
SA artic. 127 C. de Com.
El cliente esta interesado en que le explique ventajas y desventajas, pero por lo que esta intrigado es porque dice que un amigo suyo tenia una S.A. de C.V., y en un juicio pago no solamente con las acciones. Y de ahi es su duda, porque le han aconsejado que por aquellas cosas del destino, es mas seguro una de R.L.
La ventaja o desventaja va en funcion de algunos aspectos,en las sociedades de personas la confianza de los soscios es esencial tanto para el giro de la empresa como por la responsabilidad que es ilimitada,es decir los socios responden solidariamento en su patrimonio si se requiera de los negocios de la soc.En las de capital que son la SA responden solo hasta sus aportaciones,pues se crea un nueva persona juridica que es la socidad y esta responde en forma independiente del patrimonio de sus socios y es responsable exclusivamente con sus capital.Es decir los socio solo son responasbles hasta el monto de sus acciones suscritas y exhibidas,no inclute sus patrimonio.Por tu pregunta lo que le conviene al cliente es una SA de CV.
Lo que mas le conviene es la SA de CV,el caso que expone quizas es porque hubo algo fraudulento,talvez era administrador tambien y cometio algun delito,pero la ley es clara ,los accionistas solo responden con el aporte de sus acciones,y la empresa responde con todos sus activos.
Por eso es que en el pais existen mas SA de CV ,que de RL.
Le transcribo los Artículos que se refieren a la responsabilidad de estos dos tipos de sociedades.
Art. 45.- Los miembros que integran las sociedades de personas responden de las obligaciones sociales: ilimitada y solidariamente entre ellos y la sociedad, si ésta es de nombre colectivo; y por el monto de sus respectivos aportes, si la sociedad es de responsabilidad limitada.
En las sociedades comanditarias simples, los socios comanditados responden en la primera de las formas indicadas en el inciso anterior, y en la segunda forma los socios comanditarios.
Art. 127.- En las sociedades de capitales, los accionistas limitarán su responsabilidad al valor de sus acciones.
Las diferencias fundamentales son:
1.- En cuanto a la forma en que está integrado el capital social:
a) La Sociedad de Responsabilidad Limitada, su capital está integrado por participaciones sociales, que se comprueban con la respectiva escritura de constitución.
b) la Sociedad Anónima de, su capital está integrado por acciones, representadas por documentos de fácil circulación denominados acciones.
2.- En cuanto a la Administración:
a) En la Sociedad de Responsabilidad Limitada, la administración estará a cargo de uno o más gerentes, que podrán ser socios o personas extrañas a la sociedad, designados temporalmente o por tiempo indeterminado.
Siempre que no se haga la designación de gerente, todos los socios concurrirán a la administración.
d) En la Sociedad Anónima, los Directores ejercerán sus cargos por tiempo fijo, salvo revocación del nombramiento acordada por la junta general ordinaria; el plazo de ejercicio será determinado por el pacto social, no pudiendo ser mayor de siete años. A menos que exista pacto expreso en contrario, los Directores serán reelegibles.
Ambos tipos pueden ser de Capital Variable.