Quisiera alguien me ayude, deseo saber si se puede y como se solicita, en una demanda ejecutiva que el oficio para trabar el embargo a salario, sea enviado al pagador o que el demandante pueda llevarlo al pagador sin necesidad que se nombre un ejecutor de embargo.
si se puede, y es que hay que relacionar el lugar de trabajo del demandado, el cargo que desempeña, de ser posible el salario que devenga y la forma en que recibe su salario, así mismo, siempre se solicita en la demanda y se pide " que se trabe formal embargo en el salario que devenga el señor........ quien trabaja en.... el que devenga un salario de .......desempeñando el cargo de ...... mediante el oficio que extienda su digna autoridad dirigido al señor pagador o a la persona que realice las funciones como tal, para que retenga en concepto de embargo el porcentaje de ley de acuerdo a su salario.....
Última Edición: 28 May 2014 09:16 por Mapache. Razón: separar dos palabras que estaban unidas