Hola mi pregunta es adonde y que tipo de demanda debo presentar con un pagare por $3,100 dólares firmado por 2 personas naturales y que el deudor no quiere pagar.
BUENAS NOCHES LA RESPEUSTA ES A LOS JUZGADOS DE LO CIVIL Y MERCANTIL, EN SECRETARIA Y SE DEMANDAN A LOS DOS UNO POR SER EL DEUDOR Y EL OTRO POR SER CODEUDOR, SE ESTABLECE LA DEMANDA CON PODER CON CLAUSULA ESPECIAL TAL COMO LO DICE EL ART.67 CPCM, SE ACLARA DESDE CUANDO LOS DOS DEUDOR Y CODEUDOR NO CANCELAN A LA PARTE AUTORA Y SE RELACIONAN TODOS LOS HECHOS DE PRINCIPIO HASTA EL FINAL
Buenos dias.
1. el titulo valor pagare tiene un periodo de vigencia. si esa fecha ha vencido, entonces la cantidad debida puede reclarmarse a traves de la via judicial, para eso tenemos las disposciones del Codigo procesal civil y mercantil,
2. para determinar el juzgado competente es necesario saber las disposiciones referente a los criterios de competencia, entre los cuales la competencia territorial (usted la sabra), la competencia objetiva, en materia y en la cuantia, con la cantidad compartida se puede saber que sobrepasa los 25 mil colones, por lo tanto conocera un juzgado de primera instacia.
3. se redacta una demanda de proceso ejecutivo mercantil, teniendo en cuenta las disposiciones de este proceso del articulo 457 y siguientes CPCM, e integrando normas para las formalidades de forma de la demanda en base al art. 276 y 418 CPCM. adjuntando el titulo valor a la demanda.
4. por ultimo si se cumplen con todos los requisitos, esta sera admitida e eniciara el proceso ejecutivo en contra del demandado.