Amigos del foro agradeceria si me pudieran comentar como proceder con orden de descuento que uno firma cuando adquiere un prestamo ya sea con Bancos o Cooperativas de credito y ahorro yaque me comentan que no necesitan accion judicial.
Amigo...en principio decirte que la regla general de los Bancos y Coopetarivas o Cajas de Crédito, es que desde el primer momento se aplica orden de descuento en el salario del deudor principal.
En casos excepcionales, la Orden solo se autoriza previamente por el deduro principal y codeudores solidarios, en caso que los hubiere, y al momento de caer en mora, se envía al Pagador o jefe de Recursos Humanos.
Si bien en principio no requiere acción judicial, el Pagador o Jefe de Recursos Humanos puede negarse a aplicarla si el trabajador ya tiene cubierto el porcentaje legal reconocido por la Ley para tales efectos. En ese caso, no queda otra que demandar judicialmente el incumplimiento de pago y luego se traba embargo.
Espero te sirva el comentario.
Saludos.
El siguiente usuario dijo gracias: suley, joseelletrado