un banco realizo un prestamo en 2009 y uno de los requisitos fue el seguro de deuda la persona fallecio en 2010 y el banco realizo embargos en los bienes de los deudores solidarios y en los salarios de los mismos, la aseguradora dice que no paga el seguro porque la señora ya estaba enferma cuando contrajo el prestamo, que se puede hacer los deudores solidarios ya intentaron conciliar en la super intendencia y no dio resultado por lo tanto se tiene que demandar a la seguradora, ayudenme tambien se puede demandar al banco comenten este tema
PARA MI QUE DEBERIAS DE DEMANDAR A LA ASEGURADORA, PUESTO QUE SI BIEN SE CONTRAJO UN SEGURO DE DEUDA Y FALLECIO EL TITULAR DEL PRESTAMO DEBE DE ENTENDERSE QUE EL SEGURO QUE FUE UNO DE LOS REQUISITOS DEBE EJECUTAR EL PAGO SUBSIDIARIO DE LA MISMA. A MI CRITERIO LA DEMANDA SERIA CONTRA LAS DOS ENTIDADES BANCO Y ASEGURADORA
Para mi, antes de demandar se debe leer y releer el contrato de firmado con la aseguradora, y dependiendo de cuales son los terminos demandar, la verdad es las aseguradoras primero se aseguran ellas de no pagar, asi que si ya trataron incluso con la superintendencia, es porque hay alguna clausula donde el deudor juraba que estaba sano y si el hospital o medico particular ya dijo que la enfermedad era anterior a la obtencion del seguro, para mi es un caso perdido. suerte.
"Tu deber es luchar por el derecho; pero el día en que encuentres en conflicto el derecho con la justicia, lucha por la justicia".
Espero que aun les sirva recordarles esto, los únicos legalmente valederos para diagnosticar que una persona murió por una enfermedad o una complicación de la enfermedad que son diferentes, son los de medicina legal, ya que un hospital privado, puede prestarse a cualquier cosa
Ahora, también no olviden que la aseguradora tiene que verificar la condición de salud del cliente que le presenta la aseguradora, por lo tanto la responsabilidad de haber realizado un contrato sin pedir el estado de salud del cliente/paciente es de la aseguradora, ya que si realizo el contrato no puede decir que no sabia, si de ahi se quiere valer para no pagar, como dice un comentario por ahi, revisen bien el contrato
Mas allá de cualquier interpretación, cada quien puede pensar las cosas como le parecen, pero que no espere que todos lo veamos bien, ya que no todos estaremos de acuerdo con lo que piense, desde ya no esperen que este de acuerdo!
No se le olvide colega si decide demandar pedir la certificación en superintendencia de haber intentado la conciliación pues es requisito procesal para presentar la demanda contra la aseguradora. art 105 Ley de Seguros
Hola, coincido con el colega que dijo lo de q solo medicina legal puede afirmar la causa demuerte de manera veridica, y ademas si hay q demandar a la seguradora, porq fue su culpa asegurar a alguien enfermo, asi q a demandar ,,, pongase las pilas
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"