hoy tengo este tema que si bien es cierto es propio de legislaciones como España y EE.UU, esta puede ser aplicada a las sociedades que regula el art. 18 del codigo de comercio, tienen alguna otra informacion al respecto? se los agradesco gracias
Adjuntos:
Última Edición: 06 Jun 2012 00:44 por a76v43v.
El siguiente usuario dijo gracias: amberes, Ana Zamora
Muchisimas gracias por el aporte. Excelente información.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos,...