Buenas tardes a todos, con la experiencia de algunos colegas en cuanto a esta materia, tengo una duda voy a representar a mi cliente que es el demandado en este caso; el daba una moto taxi para que la trabajara su cuñado por un pleito que tubo con este le solicito que le entregara la moto, viene el cuñado interpone demanda después de un mes, ahora bien, este no era empleado, simple y sencilla mente el solo dio para que la trabajara, por presión de la esposa al ida recibe $20, lo demás es ganancia para quien anda la moto, hay ocasiones que hacen hasta $65 o 70, solo existe un contrato verbal, no estaba sujeto a tiempo el trabajaba el tiempo que quería y cuando quería, esta programada la conciliación para esta semana que viene, este pide aguinaldos vacaciones indemnización etc. la pregunta es Procede como cualquier otra demanda laboral?
puede el nombrarme en audiencia o es necesario el poder para la representación?
Respuesta de jose manuel sobre el tema CONCILIACION
su demandado le proveía la mototaxi como una herramienta de trabajo el cual lo podemos verificar en el articulo 29 3a del codigo de trabajo, si el demandante era irresponsable debe de aportar los elementos necesarios para probar los hechos y controvertir , pero como en materia laboral antes de demandar a su cliente existe una fase previa la cual es requisito indispensable para poder iniciar un proceso laboral que el cual es haber intentado la conciliazion evalue usted como abogado si su cliente asi en leguaje del buen salvadoreño sale mas jodido o beneficiado conciliando o en ultima instancia no conciliar seria la mejor opción y esperar la demanda en cuanto a la representacion judicial lo pude verificar segun como mejor le convenga en el articulo 377 del codigo de trabajo, espero le sirva es mi pequeño aporte saludos
Respuesta de Salvador90 sobre el tema CONCILIACION
Sería necesario consultarle a su cliente que prefiere (claro está aclarandole las ventajas y desventajas, como las consecuencias que las posibles opciones pueda generar, ya se ha qué concilié o continúe el procesó) y en base a ello actuar dentro del procesó
Por otra parte, en mí opinión no creó que exista una relación laboral, ya qué el demandante no estaba subordinado a un horario de trabajo, no percibía un salario directo (o indirecto) del demandado, el demandado no fijaba o fijo la tarifas de pasajes que el demandante cobraba a los usuarios que solicitaban su servicio, siendo la principal fuente de ingresos del demandante eran los montos de dinero que él solicitava a las personas que requerían un servicio de transporte, servicio que el demandante prestaba a través de una vehículo que se le denomina mototaxi.
Vehículo del cuál el demandante no es el propietario, pues este vehículo pertenece legalmente al demandando (esto se comprueba con la tarjeta de circulación), y siendo que él quería trabajar como mototaxista, solicitó prestado al demandado este vehículo, pactando ambos que por el uso del vehículo se candelaria un monto de $20 por día, por lo que el demandante aceptó cancelar $20 al día por usar el referido vehículo y él demandado en calidad de propietario a ceder o entregar el vehículo a cambio del monto de dinero pactado y por el tiempo estipulado, es decir $20 al día, independientemente del usó que el demandante le diera al vehículo, por lo que la relación que existía entre el demandante y el demandando era un contrato de arrendamiento de vehículos de hecho, pues estas cláusulas no se establecieron en un contrato escrito.
Para comprobar esto es necesario prueba que sería en su mayoría testimonial.
Estimados colegas, ayer estuve en la audiencia de conciliación las no hubo conciliación, ahora bien contestamos demanda en sentido negativo, tengo hasta el Lunes para contestar porque en ese lugar estan de fiesta hay asueto,pero urgente necesito apoyo. la parte contraria insistió en el articulo 17, del ct.
Relación laboral no hay, mi cliente solo es el dueño de la Moto, a el le pagan por arrendarla, es como un alquiler de un carro, el dueño solo es dueño no patron, entonces yo tengo que comprobar que no existe relación laboral, lo haré en base a testigos.
el juez coacciono a mi cliente para que el accediera a su propuesta y eso causo molestias al cliente, bueno la pregunta es si pueden ayudarme con un formato contestando de forma negativa y si en la misma contestación se proponen los testigos y cuales son las preguntas que se hacen a los testigos.
Estimados colegas, ayer estuve en la audiencia de conciliación no hubo conciliación, ahora bien voy a contestamos demanda en sentido negativo, tengo hasta el Lunes para contestar porque en ese lugar estan de fiesta hay asueto,pero urgente necesito apoyo, la parte contraria insistió en el articulo 17, del ct.
entiendo que Relación laboral no hay, mi cliente solo es el dueño de la Moto, a el le pagan por arrendarla, es como un alquiler de un carro, el dueño solo es dueño no jefe, entonces yo tengo que comprobar que no existe relación laboral, lo haré en base a testigos.
el juez coacciono a mi cliente para que el accediera a su propuesta y eso causo molestias, bueno la pregunta es si pueden ayudarme con un formato contestando de forma negativa y si en la misma contestación se proponen los testigos, cuales son las preguntas que se les hace y las recepciones que se pueden alegar.